La responsabilidad civil en la cirugía estética

AutorEsther Monterroso Casado
CargoProfesora Titular de Derecho Civil Universidad a Distancia de Madrid
Páginas2394-2414
2394
Rev. Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 792, págs. 2394 a 2414. Año 2022
1.6. Responsabilidad civil
La responsabilidad civil en la cirugía estética
Civil Liability in Plastic Surgery
por
ESTHER MONTERROSO CASADO
Profesora Titular de Derecho Civil
Universidad a Distancia de Madrid
RESUMEN: El presente trabajo aborda la doctrina jurisprudencial relativa a
la delimitación de la responsabilidad civil en los daños causados por mala praxis
médica en los supuestos de cirugía estética. Serán objeto de análisis la normativa
aplicable y las cuestiones jurídicas que son objeto de mayor controversia judicial,
entre otras, el contenido y la extensión del deber de información sobre los riesgos
de la intervención y las consecuencias de su incumplimiento, la naturaleza jurí-
dica de la obligación y su evolución jurisprudencial en relación a la obligación
de medios, y
la
teoría del daño desproporcionado como presunción de culpa del
cirujano, salvo prueba en contrario.
ABSTRACT: This paper analyzes the jurisprudential doctrine regarding the de-
limitation of the civil liaility in the damages caused by medical malpractice in plastic
surgery. For this, the applicable regulations and the legal issues of greatest judicial
controversy such as: the extension of the duties of information on the risks of the
intervention and the consequences of the breach of that duty, the legal nature of the
obligation and its jurisprudential evolution in relation to the obligation to provide
means, and the theory of disproportionate harm as presumption of malpractice of
the surgeon unless proven otherwise.
PALABRAS CLAVES: Responsabilidad médica. Cirugía estética. Consenti-
miento informado. Obligación de medios. Obligación de resultados.
KEY WORDS: Medical liability. Plastic surgery. Informed consent. Obligation
to provide means. Obligation to produce results.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. LA DELIMITACIÓN DE LA RESPONSABI-
LIDAD CIVIL APLICABLE AL CIRUJANO Y AL CENTRO DE CIRUGÍA ESTÉTICA:
1. LA RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL. 2. LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
3. LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL DERECHO DE CONSUMO.—III. LAS RECLAMACIONES
DE RESPONSABILIDAD CIVIL EN CIRUGÍA ESTÉTICA: 1. LA MASTOPEXIA COMO
CASO RELEVANTE DE RESPONSABILIDAD. 2. ANÁLISIS DE LA STS DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2021.
—IV. EL CONSENTIMIENTO INFORMADO EN LA CIRUGÍA ESTÉTICA.—V.
LA
NATURALEZA JURÍDICA DE LA OBLIGACIÓN EN LA CIRUGÍA ESTÉTICA: O
BLI-
GACIÓN DE MEDIOS FRENTE A RESULTADOS.—VI.LA TEORÍA DEL DAÑO
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La responsabilidad civil en la cirugía estética
DESPROPORCIONADO EN LA CIRUGÍA ESTÉTICA.—VII. CONCLUSIONES.
—VIII. ÍNDICE DE RESOLUCIONES CITADAS.—IX.BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
Las intervenciones de cirugía estética pueden tener beneficios para aquellas
personas que buscan cambiar algún aspecto de su físico que les hace sentir
incómodas, pero a veces esconden un deseo de aceptación social o lograr un
modelo de belleza autoimpuesto, intentando unas veces corregir algún aspec-
to, otras una necesidad interna de mantener o afianzar una buena imagen,
o simplemente tratar de evitar el natural envejecimiento. No son pocas las
ocasiones en las que las personas, en esa búsqueda de la continua y deseada
belleza exterior, no son conscientes (o a pesar de serlo) de los riesgos de estas
operaciones que, en muchos casos, van más allá de unos molestos efectos
secundarios. Las consecuencias de estas intervenciones pueden dar lugar no
solo a unos resultados insatisfactorios, sino también a lesiones y secuelas, e
incluso, en el peor de los casos, conllevar el fallecimiento del sujeto, que des-
graciadamente termina sacrificando su vida por una imagen. Es posible que
nos venga, entonces, a la mente el sumamente bello Narciso, de la mitología
griega, que terminó ahogado en su autocontemplación, al enamorarse de su
propia imagen reflejada en el agua.
En este trabajo abordaremos las consecuencias jurídicas que entraña ese
resultado en la responsabilidad civil de los sujetos intervinientes, analizando los
aspectos más relevantes que la jurisprudencia tiene en cuenta para estimar la
existencia o no de dicha responsabilidad. Para ello, en primer lugar, se delimitará
la normativa aplicable en la responsabilidad imputable al cirujano y al centro
médico. A continuación, tomando como referencia la STS de 30 de noviembre de
2021, se analizarán los aspectos que resultan más relevantes en las reclamaciones
judiciales por daños derivados de una cirugía estética: el defecto de información
sobre los riesgos de la intervención; la naturaleza jurídica de la obligación, si es
de medios o de resultados; y
la
teoría del daño desproporcionado.
II. LA DELIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL APLICABLE AL CI-
RUJANO Y AL CENTRO DE CIRUGÍA ESTÉTICA
A la hora de delimitar la responsabilidad por los daños causados en una
intervención quirúrgica estética debemos establecer el ámbito de actuación en
el que nos encontramos y si resultan aplicables las reglas generales de respon-
sabilidad civil o el derecho de consumo, teniendo en cuenta que los criterios de
imputación de la responsabilidad difieren en la responsabilidad civil contractual,
extracontractual, por productos defectuosos y por la prestación de servicios
sanitarios.
1. LA RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL
La responsabilidad civil contractual tiene su presupuesto en el incum-
plimiento de una obligación derivada de un contrato en
la relación médico-
paciente, que se fundamenta en un acuerdo de voluntades, concretamente,

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