SAP A Coruña 292/2007, 6 de Julio de 2007

PonenteMARIA JOSE PEREZ PENA
ECLIES:APC:2007:1722
Número de Recurso752/2006
Número de Resolución292/2007
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

SENTENCIA

NÚM..

AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA

DÑA. MARIA JOSE PEREZ PENA

D. RAFAEL JESUS FERNANDEZ PORTO GARCIA

-----------------------------------------En A CORUÑA, a seis de Julio de dos mil siete.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituída por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de JUICIO VERBAL núm. 445/05, que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE BETANZOS, en los que es parte como APELANTE: "MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO", representada por el/a Procurador/a Sr. RAMOS RODRÍGUEZ y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. GONZÁLEZ BLAS; y de otra como APELADA: "LE MANS SEGUROS" (GRUPO CASER), representada por el/a Procurador/a Sr. DÍAZ AMOR y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. ARMENTEROS MONTIEL.

En situación procesal de REBELDÍA -DON Juan Manuel ; versando los autos sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la SENTENCIA DE FECHA 10 DE MARZO DE 2006, dictada por el Ilmo. Sr. Juez/Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Betanzos , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la acción ejercitada por Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra Lemans Seguros y D. Juan Manuel , ABSOLVIENDO a estos en relación a laspeticiones de condena formuladas.

Todo ello con condena en costas a la parte demandante."

PRIMERO

Interpuesta la apelación por "Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo", y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, habiendo comparecido en tiempo y forma para sostener dicho recurso el/a Procurador/a Sr. Ramos Rodríguez.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por providencia de fecha 17 de Enero de 2007 , se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designando Ponente y acordando esperar el término del emplazamiento. Se personaron en esta alzada el Procurador Sr. Ramos Rodríguez, en nombre y representación de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, en calidad de apelante y la Procuradora Sra. Díaz Amor, en nombre y representación de Le Mans Seguros, en calidad de apelada. En situación procesal de Rebeldía el demandado -D. Juan Manuel -. Queda el proceso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno corresponda. Por providencia de fecha 25 de Abril de 2007 se señaló para votación y fallo el día 3 de Julio de 2007.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y

SIENDO PONENTE el Ilmo/a. Sr./a Magistrado/a DÑA. MARIA JOSE PEREZ PENA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Contra la sentencia dictada en la instancia, que concluye con la desestimación de las pretensiones formuladas en la demanda, se alza la parte actora por considerar que la acción ejercitada en la demanda no se encuentra prescripta, se trata de una acción de repetición o regreso que no tiene relación directa con el accidente de tráfico, que actúa no sólo como causa remota, sino con la prestación sanitaria en si misma considerada, en lugar de una acción nacida de la subrogación de los derechos del perjudicado-lesionado, para reclamar los gastos invertidos en su curación médica y siendo el período de prescripción de 15 años al que se refiere el artículo 1964 Cg . Civil y no el de un año que determina el art. 1968 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR