Resolución de 5 de marzo de 2012, de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo, por la que se publica la creación y regulación de la sede electrónica y el registro electrónico.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Abril de 2012
MarginalBOE-A-2012-4447
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 1671/2009, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y en el artículo 25.1 de la citada Ley, las resoluciones de creación de sedes y registros electrónicos requieren de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado, que, por acuerdo del Consejo de Administración de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo de 17 de noviembre de 2011, se ha aprobado la Resolución de creación de la Sede y el Registro Electrónicos, resuelvo tramitar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de marzo de 2012.–La Directora General de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo, Lucía Morales Pérez.

RESOLUCIÓN DE SEPES ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL DE SUELO POR LA QUE SE CREAN Y REGULAN LA SEDE ELECTRÓNICA Y EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE DICHA ENTIDAD

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ya impulsaba la incorporación de las nuevas tecnologías al funcionamiento de las administraciones públicas al instar, en su artículo 45, a la utilización y aplicación de técnicas y medios electrónicos en el desarrollo de su actividad y ejercicio de sus competencias.

Esta previsión legal fue ampliada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, al modificar el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para habilitar la creación de registros telemáticos, si bien, posteriormente, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, derogó dicha previsión para incorporar en su articulado la regulación de los ahora denominados registros electrónicos (artículos 24 a 26). La citada Ley 11/2007, de 22 de junio, viene a consagrar la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de la ciudadanía y una obligación correlativa para las administraciones públicas. Así, el artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, recoge que las Administraciones Públicas crearán registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones, y el artículo 10 regula la creación de la sede electrónica como «aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de las redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias».

Por último, el del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos regula específicamente, entre otros aspectos, la creación de sedes y registros electrónicos, estableciendo en sus artículos 3.2 y 27, respectivamente, que los mismos se crean mediante Orden del Ministro correspondiente o resolución del titular del organismo público.

Con base en lo anterior, se crean y regulan por la presente resolución la sede electrónica y el registro electrónico de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo, éste último para la recepción de escritos y solicitudes respecto de servicios, procedimientos y trámites que se especifican en el anexo de la presente resolución.

En su virtud, el Consejo de Administración de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.1.20 y 11.2 del Real Decreto 1525/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad, en su reunión celebrada con fecha 17 de noviembre de 2011 ha resuelto:

Primero. Objeto.

Esta resolución tiene por objeto la creación de la sede electrónica y del registro electrónico de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo (Sepes en adelante), así como la determinación de su régimen de funcionamiento.

Segundo. Ámbito de aplicación y características de la sede electrónica.

  1. El ámbito de aplicación de la sede electrónica objeto de esta resolución se extiende a todo Sepes.

  2. Las características de la sede electrónica de Sepes serán las siguientes:

    1. Se realizarán a...

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