Resolución de 7 de abril de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 13 de enero de 2021, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

MarginalBOE-A-2022-6118
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyResolución

El Plan Estratégico 2020-2023 constituye una reflexión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en adelante Agencia Tributaria, sobre sus compromisos, prioridades, líneas de actuación e indicadores de resultados. Uno de los grandes pilares del Plan es la potenciación de la diversidad y la calidad de los servicios de información y asistencia prestados a los contribuyentes, priorizando el uso de las nuevas tecnologías frente a los medios tradicionales de asistencia presencial, para conseguir una mayor eficacia y permitir una asignación más eficiente de los recursos materiales y humanos disponibles.

En este marco, la Agencia Tributaria inició, con la Orden HAC/1324/2020, de 30 de octubre, por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la implantación de un nuevo modelo de asistencia al contribuyente que se ha materializado, entre otras cuestiones, en la creación de las denominadas «Administraciones de asistencia Digital Integral» (ADIs), como plataformas dirigidas a prestar servicios de información y asistencia por medios electrónicos, mediante la utilización de canales de comunicación no presenciales.

Plenamente operativas las ADIs de Valencia y Vigo, la Agencia Tributaria se encuentra en condiciones de continuar este proceso con la creación de la ADI de Madrid-Getafe, que supone la sustitución del Centro de Atención Telefónica de la Oficina Nacional de Gestión Tributaria del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia, para que con el formato ADI se puedan prestar servicios multicanal y multiárea a los ciudadanos sobre la base de los avances tecnológicos disponibles.

En virtud de lo expuesto y en uso de la habilitación conferida por el apartado decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994, dictada en desarrollo del número 5 del apartado once del artículo...

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