Resolución de 6 de junio de 2000 (B.O.E. de 27 de julio de 2000)

AutorF. Rodríguez Boix
Páginas248-252

COMENTARIO

-El Registrador suspende, por razones de tracto sucesivo, la práctica de una anotación preventiva de demanda, en la que se ejercita una acción de petición de herencia contra los presuntos herederos de una causante, por encontrarse la finca inscrita a favor de persona distinta de los demandados y de la propia causante. -El recurrente alega que:

1) La causante es la única heredera de la titular registral.

2) Que dicha circunstancia resulta del Registro, según se justifica con certificación registral acompañada a la demanda.

3) Y, finalmente, que, al demandarse a todos los posibles herederos de quien, a su vez era heredera única...

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