Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca para el ejercicio 2023, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a Entidades Locales para el mantenimiento de la Red de Centros de Atención a las Adicciones.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Salud y Consumo
Rango de LeyResolución

Mediante Orden de 15 de julio de 2020 (BOJA núm. 140, de 22 de julio de 2020), se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la Red de Centros de atención a las drogodependencias y adicciones en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Familias, hoy de Salud y Consumo.

En el marco de la referida orden se determina la línea concreta de estas subvenciones que van dirigidas a las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y sus Agencias Administrativas Locales u Organismos Autónomos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el mantenimiento de los Centros de Atención a las adicciones.

La finalidad de estas subvenciones es la de financiar el mantenimiento de los centros de las entidades locales dedicados al ámbito de las adicciones, mediante el sostenimiento de la actividad ordinaria de los mismos, a través de la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin.

La financiación de estas subvenciones se hace con cargo al presupuesto de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, participando en la misma la Administración General del Estado en un 8,99%.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Orden de 15 de julio de 2020, de esta Consejería, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la Red de Centros de Atención a las Adicciones, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Consumo, que delega en la persona titular de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, la competencia para convocar las subvenciones reguladas en la citada Orden de 15 de julio de 2020,

RESUELVE

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.

  1. Convocar para el ejercicio 2023, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, subvenciones para el mantenimiento de los Centros de Atención a las Adicciones de las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y sus Agencias Administrativas Locales u Organismos Autónomos que pertenezcan a la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin, en la cuantía máxima que a continuación se especifica y con cargo al crédito presupuestario que igualmente se indica.

    Denominación de la línea Partidas presupuestarias Cuantía máxima (en euros) Total
(en euros)
    Subvenciones a entidades locales para el mantenimiento de la Red de Centros de Atención a las Adicciones. 1300010000 G/31B/46200/00 011300010000 G/31B/46800/00 011300180000 G/31B/46200/00 S00661300180000 G/31B/46800/00 S0066 2.556.221,879.110.477,13 802.840,36 350.159,64 12.819.699,00
    Teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 4.º 1.ª de las bases reguladoras de 15 de julio de 2020, según la cual podrán solicitar subvenciones las diputaciones provinciales, ayuntamientos y sus agencias administrativas locales y organismos autónomos, las cuantías máximas para esta línea, distribuidas entre los distintos créditos presupuestarios especificados en la misma, tienen carácter estimativo

    La alteración cualitativa de la clasificación económica a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto, de dicha distribución de créditos para adecuarla a los gastos subvencionables y/o a la naturaliza jurídica de las posibles personas o entidades beneficiarias no precisará de nueva...

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