Resolución de 3 de junio de 2006 (B.O.E. de 24 de julio de 2006)

AutorLa Redacción
Páginas303-307
Resolución de 3 de junio de 2006, de la Dirección
General de los Registros y del Notariado, en el re-
curso interpuesto contra la negativa de la Regis-
tradora de la Propiedad número 5, de Valladolid,
a inscribir un convenio regulador de divorcio
aprobado judicialmente.
En el recurso interpuesto por Doña Purifica-
ción San Miguel Arranz en nombre y representa-
ción de Don J. C. T. y Doña M. A. G. contra la ne-
gativa de la Registradora de la Propiedad número
5 de Valladolid a inscribir un convenio regulador
de divorcio aprobado judicialmente.
Hechos
I
Por sentencia firme dictada por el Juzgado de
Primera Instancia número 3 de Valladolid con fe-
cha 25 de octubre de 2005, se concede el divorcio
del matrimonio formado por don J. C. T. y doña
M. A. G., al tiempo que se aprueba el convenio re-
gulador propuesto por ellos, en el que se contiene
la liquidación y adjudicación de los bienes de la
disuelta sociedad de gananciales.
II
Presentada la misma en el Registro de la Pro-
piedad número 5 de Valladolid, fue calificada con
nota del siguiente tenor: Presentado el preceden-
te documento el día 30 de noviembre de 2005, con
el número de entrada 6529 y bajo el asiento 344
del Diario 49, retirado por el presentante y repor-
tado a esta oficina con fecha quince de diciembre
de dos mil cinco, solicitando únicamente la ins-
cripción de la finca inventariada bajo el número 1
del activo, el Registrador que suscribe ha proce-
dido a su calificación y, previo examen de los an-
tecedentes del Registro, resuelve no practicar la
operación solicitada, por observarse los siguien-
tes defectos: Hechos.-En el Juzgado de Primera
Instancia número 3 de Valladolid, se ha seguido
procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo
1191/2005 del matrimonio formado por don J. C.
T. y D. M. A. G., habiendo dictado sentencia que
tiene el carácter de firme con fecha 25 de octubre
de 2005, concediendo el divorcio del citado ma-
trimonio y aprobando la propuesta de convenio re-
gulador propuesto por ambos cónyuges. En dicho
convenio don J. y doña M. dan por concluida y di-
suelta la sociedad legal de gananciales y proceden
a su liquidación y adjudicación de los bienes de
la sociedad disuelta. A continuación sigue enu-
merado el activo y el pasivo de la disuelta socie-
dad de gananciales, figurando en el activo el bien
número 1 que se adjudica, entre otros, al marido
don J. C. T., quien con la finalidad de igualar am-
bos lotes hace entrega a su esposa de una deter-
minada cantidad de dinero.
Ese bien consta en el inventario como perte-
neciente a la sociedad de gananciales, comprado
a la sociedad Albesu 2000 S.L. mediante escritu-
ra autorizada el día 27 de noviembre de 2001, por
el Notario de Tudela de Duero don José Antonio
Gutiérrez Enríquez el día 27 de noviembre de
2001, número 1415 de protocolo. Del Registro re-
sulta que mediante la citada escritura don J. y doña
M. adquirieron la referida finca en proindiviso y
Resolución de 3 de junio de 2006
(B.O.E. de 24 de julio de 2006)
04 doct registral N 31.qxd 12/12/06 10:23 Página 303

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR