Resolución de 28 de noviembre de 2000 (B.O.E. de 9 de enero de 2001)

AutorJosé-María Navarro Viñuales
Páginas205-211

COMENTARIO

  1. Se trata de un supuesto de hecho complejo en el que se pretende la elevación a público de una serie de transmisiones (en ocasiones documentadas en documentos privados, en otra sólo reconocida como existente pero sin apoyo documental) que desembocan en cierta titularidad dominical.

  2. De todas formas, pese a lo específico del caso planteado, cabe señalar algunas ideas de índole general:

- Se puede disponer de un bien concreto integrante de una comunidad posganan-cial sin necesidad de liquidar ésta, siempre que dispongan quienes agotan el poder de disposición sobre la misma.

- Respecto a la transmisión hecha en forma verbal, es suficiente para su elevación a público que el consentimiento y los demás elementos del negocio consten en la escritura de elevación a público a que prestan su consentimiento las partes intervinientes.

Sin embargo, en uno de los documentos privados se decía que vendía un señor en representación de cierta sociedad anónima (ahora disuelta ex lege de pleno derecho por no adecuar su capital social a la vigente ley).

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