Resolución de 23 de noviembre de 2006 (B.O.E. de 21 de diciembre de 2006)

AutorVíctor Alonso-Cuevillas Fortuny
CargoNotario de Manacor
Páginas360-362

Comentario

Se presenta en el Registro de la Propiedad mandamiento de embargo de derecho hereditario, por deudas propias del heredero, acompañando certificados de defunción, de últimas voluntades, y de filiación del deudor con el causante. Se deniega la inscripción por no presentarse el título hereditario, del que resulte el derecho del embargado. La DG confirma la nota, reiterando su doctrina al respecto, toda vez que el título que acredite el derecho del heredero, debe ser uno de los enumerados en el artículo 14 LH. En este sentido también debemos recordar que la RDGRN de 26 de abril de 2005, consideró que el auto, dictado en recurso de reposición, en el que el Juez consideraba...

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