Resolución de 22 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publican los acuerdos para la ampliación del permiso de paternidad a dieciséis semanas y para la aplicación de la bolsa de horas prevista en la Disposición Adicional centésima cuadragésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

MarginalBOE-A-2018-16619
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Política Territorial y Función Pública
Rango de LeyResolución

Con fecha 29 de octubre de 2018, en el seno de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, regulada en el artículo 36.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se firmó el Acuerdo para la ampliación del permiso de paternidad a dieciséis semanas, y el Acuerdo para la aplicación de la bolsa de horas prevista en la disposición adicional centésima cuadragésima cuarta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, previa negociación en la Comisión Técnica de Igualdad celebrada el día 26 de octubre.

Respecto al Acuerdo para la ampliación del permiso de paternidad a dieciséis semanas, la desigualdad en la asunción de las responsabilidades familiares y de las tareas domésticas entre hombres y mujeres en nuestra sociedad es todavía una realidad, debido a factores culturales y de organización social.

Siendo la voluntad del Gobierno el avanzar e impulsar medidas para hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y con el convencimiento de que la Administración General del Estado ha de servir de ejemplo en la implementación de medidas que impulsen la corresponsabilidad, como ha venido haciendo durante años, se plantea la necesidad de equiparar, previa negociación colectiva, la duración del permiso de paternidad a los permisos por parto o adopción, para el personal que trabaja al servicio de la Administración General del Estado.

Por otra parte, el Acuerdo de 9 de marzo de 2018, II Acuerdo para la Mejora del empleo público y de condiciones de trabajo, prevé la existencia de una bolsa de un 5% de la jornada anual para la conciliación de la vida familiar y profesional, previsión que se plasmó normativamente en la Disposición adicional centésima cuadragésima cuarta «Jornada de trabajo en el Sector Público» de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año. Con la voluntad y compromiso de la Administración General del Estado, de ser ejemplo en el desarrollo de medidas que impulsen la conciliación de la vida laboral y familiar y la corresponsabilidad del personal a su servicio, se propone regular el máximo de horas de libre disposición, es decir, el 5% de la jornada anual, dando asimismo cumplimiento a los compromisos adquiridos entre la Administración General del Estado y Organizaciones Sindicales en el marco del diálogo social.

Por ello y de conformidad con las facultades que corresponden a la Secretaría de Estado de Función Pública atribuidas en el artículo 6 del Real Decreto 863/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, previo acuerdo en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, resuelvo:

Ordenar la publicación de los Acuerdos, cuyo contenido aparece desarrollado en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 22 de noviembre de 2018.–El Secretario de Estado de Función Pública, José Antonio Benedicto Iruiña.

ANEXO Acuerdo de la Mesa General...

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