Resolución de 22 de junio de 1999

AutorCol.legi de Notaris de Catalunya
Páginas563-570

COMENTARIO

El tema de la gestión de los documentos es fuente de constantes reclamaciones e incidencias. La presente Resolución deja claramente sentada la doctrina de que es el Notario quien libremente ha de organizar y disponer los medios para llevar a cabo la misma cuando le sea solicitada; medios entre los que se incluye, obviamente, el posible concurso de otros profesionales.

Con relación a esta última posibilidad, lo que sí que parece inexcusable, y así se indica en la parte final de la Resolución, es la conveniencia, más bien necesidad, de conservar encargo por escrito de la gestión indicando, en su caso, qué profesional va a llevar a término la misma.

A...

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