Resolución de 20 de marzo de 2003 (B.O.E. de 26 de abril de 2003)

AutorAlvaro F. Piera
Páginas250-254

COMENTARIO

Uno de los beneficiosos efectos del acceso al Registro de la Propiedad de los derechos de sus titulares es que quedan protegidos por los principios que derivan de tales actos, entre otros, los de tracto sucesivo y la salvaguardia judicial, apoyados en la tutela judicial del art. 24 CE.

Si los titulares de tales derechos no han intervenido en el proceso en el que pueden quedar afectados sus derechos, no deben quedar perjudicados.

Aunque la sentencia que se presenta en el Registro se ordena la cancelaciÛn de las inscripciones contradictorias en las que en ella se declara la propiedad, no puede perjudicar a los que no han sido parte en el proceso. Adem·s todos tienen la condiciÛn de terceros...

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