SAP Madrid 67/2005, 18 de Febrero de 2005

PonenteJESUS GAVILAN LOPEZ
ECLIES:APM:2005:1611
Número de Recurso285/2004
Número de Resolución67/2005
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZD. FELIX ALMAZAN LAFUENTED. JESUS GAVILAN LOPEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11

MADRID

SENTENCIA: 00067/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 285 /2004

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ

D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE

D. JESUS GAVILAN LOPEZ

En MADRID, a dieciocho de febrero de dos mil cinco.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID , ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 534 /2002 del JUZGADO PRIMERA INSTANCIA N. 11 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante Dª Clara, representada por el Procurador Sr. García Barrenechea y de otra, como apelados Dª Patricia, representada por el Procurador Sr. Ganuza Ferreo y DIRECCION000, de MADRID, representada por el Procurador Sr. Guinea Ruenes, sobre acción de cesación del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO PRIMERA INSTANCIA N. 11 de MADRID , por el mismo se dictó sentencia con fecha 1 de abril de 2003, cuya parte dispositiva dice: "Estimo integramente la demanda formulada por DIRECCION000 contra Dña. Patricia Y Clara y en su mérito declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las demandadas referido al apartamento NUM000 de la C/ DIRECCION000 de Madrid; apercibiendo a la arrendataria de lanzamiento sino lo desalojara de forma inmediata. Procede imponer las costas del proceso a Dña Clara. Sin imposición de costas a Dña. Patricia". Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal de Dª Clara se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que lo impugno. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 17 de febrero de 2005, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS GAVILAN LOPEZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

La Sala acepta y da por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la sentencia de instancia , en los términos de esta resolución.

PRIMERO

La sentencia de instancia estima la demanda interpuesta declarando haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento de la vivienda ocupada por la demandada , en virtud del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal , acción de cesación que basa en el desarrollo de actividad prohibida en los estatutos , en los términos reflejados en el antecedente de hecho primero de esta resolución.

El recurso planteado por la representación procesal de la codemandada arrendataria , habiéndose allanado la propietaria del inmueble , se fundamenta a modo de síntesis comprensiva de las alegaciones formuladas en el escrito de interposición presentado , en la invalidez del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios y falta de requerimiento a la apelante , incumplimiento del artículo 7.2 de la L.P.H. , respecto de la naturaleza molesta y dañosa de la actividad desplegada por la demandadas , así como abuso de derecho de la comunidad por la inclusión de la prostitución como actividad expresamente prohibida en los estatutos.

De contrario se interesó la confirmación de la sentencia , con imposición de costas a la apelante.

SEGUNDO

La primera de las cuestiones suscitadas está referida a la validez del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios , que la apelante relaciona...

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