Resolución de 2 de abril de 2002 (B.O.E. de 30 de mayo de 2002)

AutorManuel-Ángel Martínez García
Páginas232 - 235

COMENTARIO

Dejando aparte el segundo defecto alegado por la registradora, de un excesivo rigorismo formal, ya que deniega la cancelación de una inscripción de dominio por no reflejar exactamente el mandamiento su número, aunque no queda duda acerca de su identificación por referencia al título que la motivó, la resolución es reproducción no en su supuesto de hecho, pero sí en sus fundamentos jurídicos, de la...

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