RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2023, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo, para el ejercicio 2023.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Departamento de Trabajo y Empleo |
Rango de Ley | Resolución |
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 17 de mayo de 2023, ha aprobado la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado o) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde a la Directora General de este organismo autónomo proceder a su publicación.
Por lo expuesto,
Primero.– Proceder a la publicación de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio 2023, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de este organismo autónomo, adoptado en su sesión de 17 de mayo de 2023, recogida como anexo a esta Resolución.
Segundo.– Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tercero.– Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de mayo de 2023.
La Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,
MARÍA GLORIA MÚGICA CONDE.
El ámbito local es el idóneo para detectar nuevas posibilidades productivas, por lo que resulta imprescindible que las políticas de empleo, en su diseño y modelo de gestión, tengan en cuenta su dimensión local para ajustarlas a las necesidades del territorio, de manera que impulsen actuaciones que contribuyan a aprovechar ese potencial, favoreciendo y apoyando iniciativas de generación de empleo y de actividad empresarial en este ámbito, tal y como se encuentra previsto en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
En este mismo sentido, el nuevo modelo de mercado de trabajo definido en la Estrategia Vasca de Empleo 2030 se sustenta, entre otros, en el principio del equilibrio territorial, de forma que las oportunidades de empleo lleguen a todas las comarcas y municipios.
Las ayudas de la presente convocatoria se encuentran previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo para el ejercicio 2023, aprobado por el Consejo de Administración de este organismo autónomo mediante acuerdo adoptado en su sesión de 21 de diciembre de 2022 y publicado en la página web www.lanbide.euskadi.eus, dando cumplimiento con ello a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La convocatoria se encuadra en la Clave estratégica 4.4 «Igualdad de oportunidades en el empleo para otros colectivos vulnerables».
Entre las funciones atribuidas a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por la Ley 3/2011, de 16 de octubre, se encuentran, entre otras, la propuesta de la ordenación y planificación general, sectorial y territorial de las políticas públicas en materias de empleo, formación para el empleo e inserción laboral, la gestión de los programas, y en un plano más concreto y directamente relacionado con la dimensión local de las políticas de empleo, el diseño de programas de apoyo a las iniciativas locales generadoras de empleo promoviendo, en colaboración con las entidades locales, el desarrollo de pactos locales por el empleo.
En ejercicio de tales funciones y en el marco de los objetivos contenidos en la Estrategia Vasca de Empleo 2030, mediante la presente convocatoria Lanbide-Servicio Vasco de Empleo persigue reforzar la dimensión local de la política de empleo en la Comunidad Autónoma de Euskadi, definiendo un modelo de intervención flexible ajustado a la realidad social y económica local, sustentando en el conocimiento profundo del entorno productivo y de los agentes intervinientes, así como fomentar la cohesión territorial mediante acuerdos que permitan compartir objetivos, definir compromisos y criterios de actuación con los agentes locales. En este sentido, cabe recordar que existen zonas en Euskadi donde el desempleo azota con mayor virulencia.
El buen resultado obtenido en la mejora del empleo de los colectivos con especiales dificultades de integración en el mercado laboral en las anteriores convocatorias de ayudas para acciones locales de promoción de empleo, aprobadas por Lanbide en los ejercicios anteriores, avala la puesta en marcha de una nueva convocatoria para el periodo 2023–2024 con una dotación de fondos de diecinueve millones ciento cuarenta y ocho mil novecientos treinta y seis euros.
Además, la convocatoria no puede obviar las diferencias y desigualdades existentes en el mercado laboral entre mujeres y hombres, resultando suficiente para su demostración los datos los del EUSTAT del cuarto trimestre de 2022, en los que es posible apreciar que la tasa de empleo femenina es inferior en inferior en algo más de 6 puntos a la masculina (66,70 % tasa de empleo femenina y 72,92 % tasa de empleo masculina) lo que pone de manifiesto una brecha que es preciso atajar en el acceso y permanencia en el ámbito laboral.
Si bien el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo generaliza la contratación indefinida, contempla la singularidad de los contratos vinculados a programas de activación para el empleo, realizados por las administraciones públicas y, en su caso, las entidades sin ánimo de lucro, cuya duración no podrá exceder de 12 meses. Además, el Real Decreto-ley 5/2022, de 22 de marzo, por el que se adapta el régimen de la relación laboral de carácter especial de las personas dedicadas a las actividades artísticas, así como a las actividades técnicas y auxiliares recoge, entre otros objetivos, la regulación de un contrato de duración determinada ad hoc que cubra con garantías y seguridad jurídica las particularidades del sector, así como la duración de los contratos.
Por todo ello, a propuesta de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, el Consejo de Administración de este Organismo Autónomo, en su sesión de 17 de mayo de 2023, aprueba la convocatoria de las ayudas para acciones locales de promoción del empleo para el ejercicio 2023, en los siguientes términos,
El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con el propósito de poner en marcha proyectos dirigidos a la creación de empleo, que repercutan en el desarrollo socioeconómico y modernización del territorio objeto de actuación y permitan ofrecer oportunidades de empleo de forma equilibrada en todas las comarcas de Euskadi, en coherencia con la Estrategia Vasca de Empleo 2030 y con el principio de igualdad de mujeres y hombres.
El objetivo final que se persigue con la presente convocatoria es mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas inscritas en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
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– Podrá ser objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria la ejecución de proyectos locales de empleo por parte de las entidades beneficiarias previstas en el artículo 5, que tengan como fin el desarrollo local del empleo en la zona geográfica correspondiente.
Los proyectos locales de empleo se subvencionarán por municipio o por parte de una Mancomunidad, Cuadrilla o agrupación de municipios debiendo haber sido consensuados en el ámbito de las mismas por la mayoría de los municipios o por aquellos que representen al menos el 51 % de la población de la agrupación, según la Revisión del Padrón municipal vigente a 28 de febrero de 2023 que obrará en el ayuntamiento correspondiente. En otro caso, tal consenso deberá ser acreditado por la entidad solicitante.
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– Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:
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Que respondan a la tipología de acciones descritas en el apartado 4 del presente artículo.
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Que no superen el presupuesto máximo establecido para cada municipio y/o comarca en el Anexo II de la presente convocatoria.
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Que el inicio de sus actuaciones (contrataciones para fomento de empleo o publicación de las bases de las convocatorias de las Entidades Locales para ayudas a la contratación) esté comprendido entre el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOPV y el 31 de diciembre de 2023 y la finalización, como máximo, el día 30 de junio 2024.
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