Resolución de 11 de marzo de 2005 (B.O.E.de 21 de abril de 2005)

AutorJuan Barrios Álvarez
Páginas574-578

COMENTARIO

Estoy totalmente de acuerdo con la doctrina de esta ResoluciÛn, que exige la legitimación de firmas de las personas que certifican acuerdos sociales por exigencia del sistema de publicidad registral, que anuda a la inscripción importantes efectos jurídicos y que por tanto exige lógicas cautelas que garanticen la existencia y contenido de esos acuerdos.

Esas cautelas, dice la DG, se traducen básicamente en limitar el círculo de personas legitimadas para certificar y en su caso para elevar a público, con constancia en el Registro de la identidad de tales personas...

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