RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2006, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Acuerdo que regula la encomienda de gestión del Ministerio de Fomento a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte, S.A., para la asistencia técnica para la elaboración de informes relativos al Plan de adecuación de las autovías de primera generación.
| Fecha de Entrada en Vigor | 7 de Octubre de 2006 |
| Marginal | BOE-A-2006-19582 |
| Sección | III - Otras Disposiciones |
| Emisor | Ministerio de Fomento |
| Rango de Ley | Resolución |
BOE núm. 269 Viernes 10 noviembre 2006 39355
Segundo.–El título del apartado Octavo de la Orden FOM/3564/2004,
de 19 de octubre, queda redactado como sigue:
«Octavo. Subvenciones, transferencias, convenios de colaboración y
cooperación y encomiendas de gestión.»
Tercero.–Se añade un nuevo epígrafe D) al apartado Octavo.1 de la
Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre, que tendrá la siguiente redac-
ción:
«D) Aprobar y formalizar las encomiendas de gestión, cuando afec-
ten a las funciones de la Subsecretaría, que se realicen a las entidades y a
las sociedades cuyo capital pertenezca totalmente a la propia Administra-
ción pública.»
Cuarto.–Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publica-
ción en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de octubre de 2006.–La Ministra de Fomento, Magdalena
Álvarez Arza.
19582 RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2006, de la Dirección
General de Carreteras, por la que se publica el Acuerdo
que regula la encomienda de gestión del Ministerio de
Fomento a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y
Economía del Transporte, S.A., para la asistencia técnica
para la elaboración de informes relativos al Plan de ade-
cuación de las autovías de primera generación.
Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de
Fomento (Dirección General de Carreteras) y la Sociedad Mercantil
Estatal Ingeniería y Economía del Transporte, S.A. (INECO), el día 6 de
octubre de 2006, un Acuerdo por el que se regula la Encomienda de
Gestión del Ministerio de Fomento (Dirección General de Carreteras)
a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte,
S.A., Adscrita a dicho Ministerio, para la «Asistencia Técnica para la
elaboración de informes de supervisión de anteproyectos de construc-
ción, y de seguimiento de las actuaciones de mejora y de acondiciona-
miento del Plan de Adecuación de las Autovías de Primera Generación
(Primera Fase)», y en cumplimiento de lo establecido en el artículo
15.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común,
procede la Publicación de dicho Acuerdo que figura como anexo a esta
Resolución.
Madrid, 10 de octubre de 2006.–El Director General de Carreteras,
Francisco Javier Criado Ballesteros.
ANEXO
Acuerdo por el que se regula la Encomienda de Gestión del Minis-
terio de Fomento (Dirección General de Carreteras) a la Socie-
dad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte,
S.A., Adscrita a dicho ministerio, para la «Asistencia técnica para
la elaboración de informes de supervisión de anteproyectos y
proyectos de construcción, y de seguimiento de las actuaciones
de mejora y de acondicionamiento del Plan de Adecuación de las
Autovías de Primera Generación (Primera Fase)»
En Madrid, a 6 de octubre de 2006.
REUNIDOS
De una parte, D. Víctor Morlán Gracia, en su calidad de Secretario de
Estado de Infraestructuras y Planificación del Ministerio de Fomento,
nombrado por Real Decreto 637/2004 de 19 de abril (B.O.E. 20 de abril
de 2004), en representación del Estado.
Y, de otra parte, D. Juan Torrejón Casado, en su calidad de Presidente
de la sociedad mercantil estatal Ingeniería y Economía del Transporte
S.A. (INECO), que actúa en nombre y representación de dicha sociedad
conforme a las facultades que le fueron delegadas por acuerdo del Con-
sejo de Administración de dicha sociedad de fecha 28 de octubre de 2.004,
formalizado en escritura autorizada por el Notario de Madrid D. Manuel
Clavero Blanc en la misma fecha, con número 4.274 de su protocolo, y
subsanada en escritura autorizada ante el mismo notario el 16 de diciem-
bre de 2.004 y con número 4.941 de su protocolo.
Ambas partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para
formalizar el presente Acuerdo, y a tal efecto.
EXPONEN
Primero.–Que según lo dispuesto en el Real Decreto 1476/2004, de 18
de junio, la Dirección General de Carreteras es la Unidad a la que corres-
ponde el ejercicio de las funciones, en el ámbito de la Red de Carreteras
del Estado, de:
Gestión y control de la construcción de nuevas infraestructuras, los
acondicionamientos y rehabilitación de la red vial, así como la gestión y
supervisión de su calidad, el seguimiento técnico y el control económico
de las obras y sus incidencias.
Elaboración, seguimiento, supervisión y control de la planificación
general, anteproyectos y proyectos.
Segundo.–Que la Dirección General de Carreteras está elaborando un
plan para la mejora de las primeras autovías gestionadas y financiadas
por el Estado, libres de peaje, que comenzaron a ser construidas a princi-
pios de los años 80 en el marco del primer Plan General de Carreteras.
Debido al aumento en el tráfico, velocidades de circulación y número
de accidentes en ellas, se impone la necesidad de acometer ciertas actua-
ciones de mejora y acondicionamiento para que se adecuen a las nuevas
exigencias de seguridad y, en la medida de lo posible, a las diversas nor-
mas y recomendaciones en materia de carreteras publicadas después de
su construcción. Las actuaciones se traducen, fundamentalmente, en que
puedan ofrecer en todo su recorrido unos niveles de seguridad y servicio
asimilables a los que prestan las autovías y autopistas de reciente cons-
trucción.
Tercero.–Que los itinerarios de autovías objeto de la remodelación en
una primera fase serían los siguientes:
Corredor Clave PP.KK. Longitud
(Km)
A-1 Madrid-Sto. Tomé del Puerto . . . . . . . . AO-E-187 12-101 89
A-1 Sto. Tomé del Puerto –Burgos . . . . . . . AO-E-188 101-247 146
A-2 Madrid-PK 62 (R2) . . . . . . . . . . . . . . . . . AO-E-189 5-62 57
A-2 PK 62 (R2) –Lim. Prov. Guadalajara y
Soria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AO-GU-O8 62-138 76
A-2 Lim. Prov. Guadalajara y Soria-Calata-
yud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . AO-E-190 138-233 95
A-2 Calatayud-Alfajarín . . . . . . . . . . . . . . . . AO-Z-26 233-340 107
A-3 Madrid-L.P. Cuenca . . . . . . . . . . . . . . . . AO-M-66 3,5-71 68
A-3 L.P. Cuenca-L.P. Albacete (A-31) . . . . . AO-CU-08 71-30 141
A-31 L.P. Albacete-Bonete . . . . . . . . . . . . . . AO-AB-10 30-124 94
A-31 Bonete-Alicante . . . . . . . . . . . . . . . . . . AO-E-191 124-235 107
A-4 Madrid-PK 67,5 (R4) . . . . . . . . . . . . . . . AO-E-192 3,5-68 65
A-4 PK 67,5 (R4)–Puerto Lapice . . . . . . . . . AO-E-193 68-138 70
A-4 Puerto Lapice-L.P. Jaén/Ciudad Real . . AO-CR-26 138-245 107
A-4 L.P. Jaén/Ciudad Real-L.P. Cordoba/
Jaen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 245-347 102
A-4 L.P. Córdoba/Jaén-L.P. Sevilla/Cordoba. 347-435 88
A-4 L.P. Sevilla/Córdoba –Sevilla . . . . . . . . 435-540 105
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.521
Cuarto.–Que la necesidad de realizar los estudios y análisis requeridos
con la calidad y celeridad adecuadas para realizar la gestión y seguimiento de
las actuaciones del Plan de adecuación de las autovías de primera genera-
ción, hace que sea necesario una gran cantidad de medios humanos, tanto de
personal técnico, como administrativo, y con este objeto, la Dirección Gene-
ral de Carreteras considera preciso contar con medios adicionales de una
sociedad especializada en el desarrollo de las tareas descritas.
En virtud de lo anteriormente expuesto, se otorga el presente Acuerdo,
conforme a las siguientes:
CONDICIONES
Primera. Ámbito de aplicación subjetivo.–Tienen la condición de
partes, quedando por tanto vinculadas al mismo, la Dirección General de
Carreteras del Ministerio de Fomento e INECO.
Segunda. Ámbito de aplicación material.–El presente Acuerdo
tiene por objeto la prestación de Servicios de Consultoría y Asistencia
Técnica a la Dirección General de Carreteras para la realización de estu-
dios de seguimiento, y elaboración de informes previos a la supervisión
de los anteproyectos y proyectos de construcción de las actuaciones de la
primera fase del plan de acondicionamiento de las autovías de primera
generación.
Las tareas a desarrollar por INECO en el marco del presente Acuerdo
se concretarán en las siguientes actuaciones:
1. Elaboración del Manual de Inspección de los contratos concesio-
nales de autovías de Primera Generación.–Durante los dos primeros
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