RESOLUCIÓN 43/2014, de 9 de enero, del Director General de Industria, Energía e Innovación, por la que aprueba la convocatoria para la realización de pruebas selectivas para la capacitación profesional y la obtención de los carnés profesionales para el año 2014.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo y el Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adaptarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

El artículo veintitrés, el artículo decimotercero y el artículo undécimo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, establecen las situaciones para ejercer como operador industrial de calderas, profesional instalador de gas e instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos respectivamente, siendo una de las situaciones requeridas la superación de un examen realizado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Así mismo, el artículo octavo del mismo Real Decreto establece como uno de los requisitos para obtener el carné de gruista u operador de grúa torre la superación de un examen realizado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

Por otro lado, el Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, en su artículo segundo establece como una de las vías para la obtención del carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, la superación de un examen ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma junto con la acreditación de poseer los conocimientos teóricos y prácticos sobre instalaciones térmicas en edificios.

La Orden Foral 291/2011, de 30 de junio, regula el procedimiento de acreditación de profesionales en materia de seguridad industrial en la Comunidad Foral de Navarra. En ella se define la capacitación profesional como la capacidad para desempeñar una actividad profesional al poseer los conocimientos teórico-prácticos necesarios reconocidos tras la superación de un examen de aptitud. Así mismo, se establece el procedimiento para la obtención del carné profesional siendo uno de los requisitos la superación de un examen realizado por el órgano competente de la Comunidad Foral.

Dando cumplimiento a las referidas disposiciones, procede establecer la convocatoria y condiciones para quienes soliciten la obtención de la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas, categoría A, B o C, instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos, categoría I, II y III, el carné de gruista u operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios para el año 2014.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Aprobar la convocatoria en el año 2014 para la realización de exámenes de aptitud para la obtención de la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas, categoría A, B o C, instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos, categoría I, II y III y para la obtención del carné de gruista u operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios de la Comunidad Foral de Navarra.

  2. Aprobar las bases que regirán dicha convocatoria y que figuran como Anexo a esta Resolución.

  3. El tribunal que presidirá la realización de las pruebas selectivas estará compuesto por las siguientes personas:

    Presidente:

    Don Jesús Lasa Equiza, Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad industrial.

    –Suplente:

    Don David Carabantes Bernal, Jefe de Sección de Seguridad industrial.

    Vocales:

    Don Gabino Unzu Martínez...

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