La reserva de dominio en la quiebra

AutorCarlos Baquerín Alonso
Páginas1895-1896

LOBATO GARCÍA-MIJÁN, Manuel: La reserva de dominio en la quiebra, ed. Civitas, Madrid, 1997, 383 pp.

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La reforma indefinidamente pendiente del Derecho concursal parece haber desincentivado los estudios doctrinales en la materia. Resulta, ciertamente, llamativo el menguado número de publicaciones monográficas que se adentran en el Derecho concursal. De este modo, el escaso tratamiento monográfico ocasiona a los intérpretes difíciles problemas en la práctica, que, muchas veces, inducen a los operadores jurídicos a establecer criterios alejados de la deseable puridad jurídica.

Por este motivo, la aparición de una monografía sobre Derecho de quiebras debe ser siempre bienvenida. En la obra que analizamos se estudia, en concreto, el régimen de las garantías mobiliarias en la quiebra a propósito de una garantía mobiliaria específica: la reserva de dominio. La reserva de dominio es un pacto frecuente en cualquier transacción en la que el pago del precio queda total o parcialmente aplazado. Consiste en una estipulación por la cual comprador y vendedor acuerdan que el vendedor retendrá la propiedad hasta el completo pago del precio. Cobra, consiguientemente, gran relevancia práctica la determinación de hasta qué punto dicho pacto es vinculante en las situaciones concúrsales y, en general, en las situaciones de prelación de créditos -embargos, tercerías.

Como paso preliminar al análisis de la cuestión principal -régimen de las garantías mobiliarias en la quiebra- en el libro se desbrozan cuestiones generales como la controvertida naturaleza de la reserva de dominio y aspectos funcionales de tal naturaleza (embargo, subsistencia de la reserva de dominio pese a la caducidad de la inscripción), el régimen de la quiebra sobre los contratos pendientes de ejecución, la aplicación del artículo 1124 CC a las situaciones concúrsales y el sistema de retroacción de la quiebra.

Los requisitos de la oponibilidad de la reserva de dominio se examinan tanto respecto de la quiebra del comprador como de la...

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