Reseña del artículo «Algunas propuestas de lege ferenda para la inhumana pena de prisión permanente revisable», de Daniel Fernández Bermejo

AutorCarlos García Valdés
CargoCatedrático Emérito de Derecho Penal Universidad de Alcalá
Páginas913-914
ADPCP, VOL. LXXIV, 2021
Bibliografía 913
F B, Daniel: «Algunas propuestas de lege ferenda para la
inhumana pena de prisión permanente revisable», en Revista de Estudios
Penitenciarios, núm. 262, 2020, pp. 137 y ss.
El Dr. Fernández Bermejo, profesor acreditado titular de Derecho Penal
de la UNED, discípulo de mi discípulo, el Prof. Enrique Sanz Delgado, ha
vuelto a insistir en este artículo, que prestigia a la REP, acerca de la prisión
permanente revisable, a la que, en unión del Prof. Cámara Arroyo, también
discípulo de Enrique Sanz, dedicaron una importante monografía, así como
individualmente bastantes trabajos. El Prof. Fernández Bermejo es premio
Victoria Kent y, desde sus orígenes científicos, destacado penitenciarista. Su
libro acerca de la individualización científica no solo obtuvo el mencionado
galardón, sino que se colocó en una de las aportaciones señeras en su campo.
La presente investigación es extensa y generosa en la problemática que
plantea y en su redacción. Contiene cinco apartados fáciles de seguir por el
lector especializado y un número de notas a pie de página apabullante (72)
para un trabajo de estas características. Bien escrito y con propuestas razona-
bles, parte de la base de su calificación de esta pena, en el mismo título, como
«inhumana», es decir como una de las que veta expresamente nuestra vigente
Constitución de 1978 y nuestro sentido de la decencia y la moralidad en el
castigo.
El artículo que recensiono no es un mero resumen del importante libro ya
citado al respecto. Su planteamiento es original y adecuada su conclusión al
título propuesto, que se revela como una exigencia merecedora de una expli-
cación convincente: no es anticonstitucional una sanción penal por que el
autor desea que lo sea, sino porque la consecuencia de un profundo análisis lo
demuestra. Y este es el caso que nos ocupa. La investigación se centra en los
aspectos de su historia y especialmente de su régimen actual, partiendo de un
postulado esencial: en nuestro Derecho penitenciario histórico nunca ha exis-
tido la condena de prisión perpetua, puramente nominal en los textos puniti-
vos sustantivos y, por el contrario, siempre la rebaja de condenas. De ahí, que
el autor concluya brillantemente en sus propuestas de reforma de la institu-
ción, más que razonables: implantación de la rebaja decimonónica, potencia-
ción máxima del principio reglamentario de flexibilidad y reducción de los
exagerados límites de acceso a la suspensión y otros beneficios penitenciarios,
como su conversión en una pena determinada y limitación de los periodos de
seguridad (pág. 145). A partir de aquí, el trabajo desarrolla los postulados
propuestos con inteligencia y concordancia con la legislación vigente, inter-
pretada generosamente, pero con indudable soporte en la realidad.
Creo que el esfuerzo del autor, en este sentido, ha sido necesario, como
también pienso que nada va a modificarse por ahora de la institución nacida
en 2015 por mor de la modificación operada por las LLOO 1 y 2 del CP.
Lleva ya muchos años de aplicación esta sanción y son muchos los condena-
dos a la misma sin grandes aspavientos. Únicamente, la mayoría de la doc-
trina científica de nuestro país, siempre con el apoyo del Derecho comparado,
como comenzó a hacerlo mi maestro, el Prof. Enrique Gimbernat, ha expre-

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