Requisitos de la propuesta de convenio

AutorJosé Luis Diaz Echegaray

Atención: este documento cita el art. 276 de Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) que ha sido modificado por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. . Este documento está siendo revisado para determinar si es necesario actualizar su contenido

Los requisitos de la propuesta de convenio de acuerdo con lo que establece el art. 99 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Ley Concursal (LC) , son dos: su formulación por escrito y que la misma esté firmada por los proponentes (el deudor o, en su caso, por todos los acreedores proponentes), o por sus respectivos representantes con poder suficiente.

Contenido
  • 1 Requisitos formales
    • 1.1 Forma escrita
    • 1.2 Firma de la propuesta
    • 1.3 Traslado
  • 2 Notas
  • 3 Ver también
  • 4 Recursos adicionales
  • 5 Legislación básica
  • 6 Legislación citada
  • 7 Jurisprudencia citada
Requisitos formales

La norma citada no se pronuncia respecto a si los autores de la propuesta de convenio deben haber comparecido en forma en el concurso. Para ROJO[1] esta exigencia debe entenderse implícita (aunque con matices consistentes en que cuando la presenten acreedores que representen, al menos, la quinta parte del pasivo, será suficiente que esté personado uno de los firmantes) por cuanto que la ley exige que de la propuesta se dé traslado a las demás partes personadas y, en el sistema procesal español, el traslado se hace por el procurador de quien presente el escrito de acuerdo con el art. 276 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) .

Forma escrita

De acuerdo con lo que establece la norma, toda propuesta de convenio deberá formularse por escrito. Recuerda esta exigencia la SJM núm. 9, de Córdoba, de 13 de junio de 2005, núm. 28/2005, autos 4/2005 [j 1] señalando que "conforme a lo dispuesto en el art. 99, LC , toda propuesta de convenio se formulará por escrito y firmada por el deudor o, en su caso por todos los acreedores proponentes o por sus respectivos representantes con poder suficiente."No podrá, en consecuencia, formularse verbalmente, mediante comparecencia ante el juzgado.

La propuesta podrá formularse con un contenido único o una propuesta alternativa, por preverse así por el art. 99, LC

Firma de la propuesta

Se exige que la propuesta que se formule esté firmada por el deudor o, en su caso, por todos los acreedores proponentes, o por sus respectivos representantes con poder suficiente. En caso de autoría única, tan sólo...

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