SAP Barcelona, 1 de Abril de 2004
Ponente | MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO |
ECLI | ES:APB:2004:4199 |
Número de Recurso | 674/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
SENTENCIA N ú m.
Ilmos. Sres.
D./Dª. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO
D./Dª. NURIA BARRIGA LOPEZ
D./Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT
En la ciudad de Barcelona, a uno de abril de dos mil cuatro.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 755-2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Barcelona, a instancia de Seguros Catalana Occidente Sociedad Anonima de Seguros y Reaseguros, contra Almacenes Zofranca S.L. y Allianz Cia. de Seguros y Reaseguros S.A.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30-7-03, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda instada por Catalana de Occidente S.A. representada por la procuradora Sra. Gomez Lanzas, frente a Almacenes Zofranca S.L. representada por la procuradora Sra. Fuentes, y frente a Allianz Compañia de Seguros y Reaseguros S.A. representada por el procurador Sr. Anzizu absolviendo a dichos demandados de las pretensiones contra ellos ejercitadas e imponiendo a la actora las costas causadas en esta instancia.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo impugnó; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 25-2-04.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO.
. La sentencia de 30 de julio de 2003 del Juzgado de 1ª Instancia nº 41 de Barcelona, dictada en el juicio ordinario nº 755/2002 , desestimaba íntegramente la demanda formulada por CATALANA OCCIDENTE SA contra ALMACENES ZOFRANCA SL y la entidad ALLIANZ COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA, al considerar que el siniestro que fue indemnizado por la actora tuvo como responsable a quien le correspondía la conservación de la cubierta de la nave afectada , que contractualmente establece la sentencia como el propio arrendatario , al examinar tanto el tenor de la cláusula adicional como el de la numerada como 16 C en la que el arrendatario asume las obras de reparación y conservación del local arrendado ,y de sus instalaciones y objetos , de modo que careciendo de acción el arrendatario CHIMARRAO tampoco le corresponde a la actora CATALANA OCCIDENTE SA tras haber indemnizado a aquel .Frente a esta resolución se alza la aseguradora demandante a través de recurso de apelación que funda en la interpretación del contrato de arrendamiento en el que considera que , a pesar del tenor de la cláusula 16C , el contenido de la adicional que supone el reconocimiento del estado inadecuado...
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