Repercusiones en materia de responsabilidad financiera del arbitraje de inversiones y de la propuesta de Tribunal Permanente de Inversiones en la Unión Europea: ¿dos caras de una misma moneda?

AutorAna Mercedes López Rodríguez
Páginas111-130
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CAPÍTULO 5
Repercusiones en materia
de responsabilidad financiera del
arbitraje de inversiones y de la
propuesta de Tribunal Permanente
de Inversiones en la Unión Europea:
¿dos caras de una misma moneda?
Abstract: With the entr y into force of the Lisbon Treaty in 2009 the European
Union has taken an exclusive competence on foreign direct investments (art. 207
TFEU). Together with the common commercial policy, it is now one of the main
pillars of the external action of the EU. e Union has seen this new competence
as good opportunity to undertake a comprehensive regulation of trade and inves-
tment issues at the European level, including a major reform of the traditional
mechanisms of Investor-State Dispute Settlement (ISDS). e proposed reforms
include the creation of an International Investment Court, but this proposal is
controversial and faces potential legal pitfalls from the point of view of EU law.
e present article deals, in particular, with the implications regarding EU nan-
cial responsibility.
Ana Mercedes LÓPEZ RODRÍGUEZ*
* Profesora titular de Derecho internacional privado, Universidad Loyola Andalucía.
Email: amlopez@uloyola.es Todas las webs a las que se hace referencia en el presen-
te artículo han sido visitadas el 27 de abril de 2017.
112 LA POLÍTICA DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE DERECHO DE LAS INVERSIONES INTERNACIONALES
ANA MERCEDES LÓPEZ RODRÍGUEZ
1. INTRODUCCIÓN
En los últimos años la Unión Europea, como consecuencia de la nue-
va competencia exclusiva en materia de inversiones extranjeras directas con-
ferida por el Tratado de Lisboa (Art. 207 Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, en adelante, TFUE), ha adoptado nuevos reglamentos desti-
nados a articular la transición del antiguo modelo de Acuerdos bilaterales de
inversión (BITs, en sus siglas anglosajonas) rmados por los Estados Miem-
bros1 y a claricar de la responsabilidad nanciera entre los Estados Miem-
bros y la Unión Europea en caso de conicto.2 Asimismo ha puesto en mar-
cha la negociación de una serie de acuerdos de inversión con otros Estados,
como Canadá, Estados Unidos, Vietnam o Singapur, ya como titular de la ca-
pacidad para su rma3 y es en este último contexto donde se ha despertado un
intenso debate sobre la conveniencia de incluir en los nuevos tratados que se
rmen referencias al arbitraje como mecanismo de resolución de controver-
sias. En realidad, el arbitraje de inversiones (ISDS, en sus siglas anglosajonas)
es probablemente el aspecto más controvertido en las negociaciones de dichos
tratados. Además de suscitar muchos problemas políticos y económicos, que
han sido ampliamente discutidos en los medios de comunicación y en otros
lugares, también plantea varias cuestiones en cuanto a su compatibilidad con
el ordenamiento jurídico autónomo de la UE. A este respecto, uno de los as-
pectos que suscita más problemas de la remisión al arbitraje de inversiones
es el potencial de alterar fundamentalmente el estado actual de la legislación
europea en cuanto a la responsabilidad por daños e igualmente interferir en la
1 Reglamento (UE) 1219/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de di-
ciembre de 2012 por el que se establecen disposiciones transitorias sobre los acuer-
dos bilaterales de inversión entre Estados miembros y terceros países, DOUE 2012,
L351.
2 Reglamento (UE) 912/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio
de 2014, por el que se establece un marco para gestionar la responsabilidad nancie-
ra relacionada con los tribunales de resolución de litigios entre inversores y Estados
establecidos por acuerdos internacionales en los que la Unión Europea sea parte,
DOUE 2014, L257.
3 http://ec.europa.eu/trade/policy/accessing-markets/investment.

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