Integración y compensación de rentas

AutorEduardo Berché Moreno
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Financiero y Tributario, Facultad de Derecho de ESADE-URL
Páginas319-321

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Una vez se han calculado todos y cada uno de los rendimientos, las ganancias o pérdidas patrimoniales, así como las imputaciones de rentas, deben clasificarse y sumarse a las bases imponibles general y del ahorro.

En el apartado 1.4 del capítulo III se ha adjuntado el esquema liquidativo del IRPF en el que puede apreciarse fácilmente a qué base debe integrarse cada renta. No obstante, presentamos de nuevo un pequeño resumen:

· Base imponible general:

- Rendimiento del trabajo

- Rendimiento del capital inmobiliario

- Rendimiento del capital mobiliario (art. 25.4 LIRPF + exceso en caso de cesión de capitales propios a entidades vinculadas)

- Rendimiento de actividades económicas

- Rentas imputadas (transparencia fiscal, cesión derechos de imagen, etc.)

- Ganancias y pérdidas patrimoniales que deriven de transmisiones en las que no haya transcurrido más de un año desde la fecha de adquisición o mejora hasta la fecha de transmisión, así como las que no deriven de una transmisión previa (por ejemplo, los premios no exentos).

· Base imponible del ahorro:

- Rendimiento del capital mobiliario (salvo los consideradas renta general)

- Ganancias y pérdidas patrimoniales que deriven de transmisiones en las que haya transcurrido más de un año desde la fecha de adquisición o mejora hasta la fecha de transmisión.

Una vez clasificada toda la renta obtenida, y antes de proceder a la aplicación de las reducciones a la base imponible (tanto la general como la del ahorro) es imprescindible saber cómo se compensan las rentas entre sí. De hecho, este paso es previo a la propia integración a la base imponible. Creemos que es mucho más visual un resumen de la integración y compensación de rentas a través de un esquema como el que sigue a continuación:

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[VER PDF ADJUNTO]

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EJEMPLO Nº 76

Enunciado: El Sr. Alegre ha obtenido durante el ejercicio 2012 las siguientes rentas:

Rendimiento neto del trabajo: 39.000

...

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