Antecedentes remotos: Los primeros pobladores, Roma, los visigodos y la España musulmana

AutorFERNANDO GARCIA RUBIO
Páginas17-33

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II 1. Diversos orígenes del espacio jurídico-comarcal

Para comenzar el estudio del espacio comarcal deberemos situar este en su realidad geográfica y, por tanto, en su naturaleza supramunicipal; esto es derivado de la agrupación de diversos municipios limítrofes.

Así, partiendo de la opinión de Cifuentes Calzado9 el común denominador de todas estas entidades territoriales, es el citado carácter comarcal, y así:

"Tradicionales en diversos espacios regionales o Reinos caracterizados todas por el común denominador de la supramunicipal que, con origen incluso en la dominación romano de nuestro suelo, se extienden por la visigótica y por la árabe y permanecen por toda nuestra historia hasta desembarcar en las figuras subsistentes a fines del XVIII y conocidos con las denominaciones de Comunidades, Merindades, hermandades, valles, jurisdicciones, uniones, gobernaciones, tierras, etc.... Todos ellas figuras territoriales de carácter comarcal".

Ahora bien este fenómeno comarcal o supramunicipal no es homogéneo en su fenomenología y caracterización y puesto que existen grandes diferencias entre su caracterización en los diferentes partes de los países de nuestro entorno cultural e incluso dentro del ámbito de lo que hoy es España; aunque eso sí siempre existieran agrupaciones de municipios o entidades territoriales supramunicipales con un ámbito de carácter comarcal.

Otto Hintze ha señalado10 que dicha diversidad tiene su origen en las agrupaciones de municipios o "mancomunidades" de ámbito superior dotadas de autonomía del este del

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Elba: Prusia, Polonia, bohemia y Hungría y los condados británicos y aquellas agrupaciones que no gozaron de dicha autonomía administrativa que son fundamentalmente los países de Europa occidental.

Dicho hecho tiene, dentro del origen medieval una clara explicación por el hecho de ser la mayoría de los actuales estados de la Europa occidental sujetos de la soberanía del imperio Carolingio; la lógica es aplastante puesto que los territorios de los francos sucesores de Carlomagno se ubicaron y caracterizaron dentro del fenómeno feudal de falta de autonomía administrativa de las colectividades territoriales, sustituida por una progresiva subdelegación continua de la soberanía en los duques, condes y señores territoriales varios.

Así en Italia, excluidas las grandes ciudades comerciales, Francia, el territorio Alemán al oeste del Elba y España la organización territorial supramunicipal se caracteriza o bien por la existencia de entidades territoriales de ámbito comarcal o similar o, en caso de existir estas por su falta de autonomía como tales.

Esa carencia de autonomía administrativa de las entidades supramunicipales no estatales, no implica en ningún caso la no existencia de la autonomía administrativa de los municipios; basta recordar para ello la pujanza y autonomía de los municipios castellanos en la Edad Media.

Más bien esas caracterizaciones de la autonomía administrativa de las entidades supramunicipales de primer grado, esta directamente relacionada con la fuerza de los municipios y sus aparatos administrativos. Así las áreas comarcales fundamentalmente rurales de las estepas del este del Elba (en la Edad Media obviamente) necesitaban acrecentar el poder de la administración más cercana reforzándole a través de agrupaciones por la escasa población y la dispersión de esta en grandes espacios geográficos; En cambio las zonas relativamente pobladas y con núcleos de población determinados y estables implicaban la creación de entidades superiores partiendo de la fuerza de los municipios, lo cual debilita la posición de las figuras comarcales o "pseudocomarcales" o simplemente las privaba de autonomía administrativa.

Ahora bien en el terreno de la historia no conviene ser maximalista y máxime cuando las interpretaciones de datos, implican el fundamento de una argumentación política de peso. Basta recordar para ello que el único territorio dentro de las fronteras actuales de nuestro estado que estuvo bajo la soberanía Franca de los Carolingios fue la Marca hispánica; embrión de la actual Comunidad de Cataluña y es la parte del estado español en que mayor sentimiento comarcal existe, basado obviamente en un origen de dichas entidades "naturales" en la Edad Media.

Deberemos por tanto centrarnos en el análisis del origen de las diversas instituciones supramunicipales de ámbito más o menos comarcal y su evolución en el Medioevo.

Así en el territorio del actual Reino de España se superponen diversas fórmulas de demarcación territorial desde un punto de vista de la administración periférica o más correctamente utilizando el término de administración del territorio.

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Por un lado los vestigios de la ordenación romana los conventos jurídicos y las diócesis con influencia en la estructuración de la Iglesia Católica, igualmente los restos de la organización visigótica de los duques y condes y su influencia en los reinos cristianos y fundamentalmente la división entre los reinos cristianos. Asturias y sus descendientes Castellano-Leoneses, Aragón y Barcelona y por último Navarra frente a la España califal y de los reinos de Taifas.

En las épocas más oscuras de la Edad Media y dentro del reino visigótico nos encontramos con una profunda decadencia y crisis de los municipios hispano-romanos como fórmula generalizada de organización y convivencia; por lo que unido al fenómeno del feudalismo como tabla de salvación en la creciente necesidad de seguridad, cree un caldo de cultivo de fenómenos administrativos supramunicipales.

II 2. Antecedentes remotos

Hablar de la comarca, como ya hemos apuntado, es hablar de una institución de origen medieval, pero la administración del territorio no es una administración ligada a aspectos medievales, de hecho todas las organizaciones políticas históricas, incluso antes del advenimiento del Estado, han contado con espacios territoriales para su administración.

Así por ejemplo nuestro antecedente más remoto en la civilización occidental que es el Egipto faraónico, gozo de circunscripciones territoriales para su administración, tal y como demuestran Genevieve Uson y Dominique Valvelle11.

De hecho junto a la divisiones del Alto y Bajo Egipto existen desde tiempos inmemoriales, tal y como se encargan de distinguir Uson y Valvelle12, "los nomos", designación que se utiliza para las circunscripciones administrativas egipcias.

Junto a los nomos de existencia previa a las propias dinastías egipcias se conocen la existencia de otras divisiones territoriales como son los distritos, que eran de carácter más amplio en tanto en cuanto en el Imperio Medio se dividió el país en tres distritos, el del Norte, el del Sur y el de la Cabeza del Sur, que coincidan más o menos con las divisiones del Alto y Bajo Egipto tradicionales.

Es posible constatar ya en esa temprana época una dualidad entre el campo y la ciudad al establecer administraciones separadas para los distritos y para las ciudades, que obviamente eran mucho más escasas que en épocas posteriores.

La circunscripción, por tanto, que podría ser equiparable a la comarca o la provincia, es el distrito y no el nomo dependiendo del ámbito que tomemos, puesto que la circunscripción como tal provincial tiene su origen en la época revolucionaria francesa, dichasPage 20divisiones se solapan con las denominadas espitatregias estudiadas por Uson13, y aquí ya podríamos encontrar un antecedente de la provincia, puesto que las espitatregias forman la reunión de un cierto número de nomos y al igual que estos tienen a la cabeza un representante legal que en época tolemaica es llamado estratego, estando a la cabeza de las espitatregias un espitatrego. Dichas espitatregias tienen su origen en la época tolemática, existiendo ya desde el año 181 A.C. y son asumidas por el Egipto romano.

En ese sentido, cabe estudiar el nomo como antecedente romano de un ámbito carácter que podíamos denominar comarcal, salvando las distancias, en cuanto a población y características del antiguo Egipto y el Egipto clásico de los tolomeos y Roma con las comarcas en nuestra sociedad en torno a actuales y antecedentes inmediatos.

Así y tal como señala Uson14, los nomos son las grandes estructuras administrativas del antiguo Egipto y aunque la palabra fue de origen griego dicha institución, como hemos señalado anteriormente, se remonta al Imperio antiguo.

El nomo es una unidad de carácter territorial, fiscal y religioso y permanece inalterable como división administrativa en Egipto hasta la creación de las subdivisiones administrativas denominadas Agy, en el año 307 de nuestra era bajo el reinado de Diocleciano.

Su número fue variable, 30 a 40, 24 o 39 según las épocas y fuentes tal y como se encarga de analizar Uson15.

En esta situación debemos destacar que tanto en el Egipto faraónico como en el Egipto tolemático y ya con la dominación romana, se distingue la forma de administrar los territorios rurales de la administración de las ciudades. Distinguiéndose por un lado nomos y por otro lado las metrópolis o ciudades, especialmente desde los territorios y gobiernos helénicos de la dinastía tolemática en Egipto, circunstancia ésta asumida por el Imperio Romano. Este hecho sirve para fundamentar una dualidad campo-ciudad que ya hablara Jhering y que sirve de fundamento a la agrupación de aldeas, territorios, y municipios posteriormente en un ámbito supramunicipal del ámbito comarcal, diferenciando el ámbito de las ciudades o estableciendo las ciudades como cabeza de dichos ámbitos territoriales.

Partiendo por tanto de esas épocas arcaicas debemos trasplantar los conceptos a nuestro entorno cultural y siguiendo con el antecedente posterior al Egipto...

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