Religión, estado y derechos humanos. El modelo israelí

AutorMeir Margalit
Cargo del AutorCoordinador del Comité Israelí contra las Demoliciones
Páginas175-187

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Religión-Estado-Derechos Humanos componen en el contexto Israelí un triangulo fatal, una suerte de triangulo de Bermudas que engulle todo lo que pasa por sus coordenadas.

En el imaginario israelí estos tres elementos se conjugan armoniosamente. Israel se considera un "Estado Judío y Democrático" -de modo que en esta misma definición se enlazan los tres elementos de esta ponencia. En la teoría, Estado-Religión y Derechos Humanos conviven en sintonía y se complementan mutuamente. Por un lado el Estado de Israel mantiene un aparato institucional religioso -'El Gran Rabinato'- presidido por dos Grandes Rabinos -uno ashekenazi (para judíos de procedencia europea) y otro sefaradi (para los de procedencia oriental)- emplea miles de funcionarios religiosos que viven a costa del Estado, los exime del servicio militar y mantiene a miles de seminaristas abocados a estudios teológicos. Incluso en el ámbito político intervienen partidos religiosos que forman parte de la coalición gubernamental. De modo que a primera vista, ambos elementos -el estatal y el religioso- conviven uno con el otro casi en forma ideal. Por otro lado, en Israel se conjuga también el tercer elemento de esta ecuación -el de los Derechos Humanos, ya que tal como se ha apuntado previamente, Israel se auto-considera un baluarte de los derechos humanos, presumiendo ser la única democracia en el Oriente Próximo. En esta ponencia yo voy a sostener y fundamentar que todo esto es un espejismo, una construcción virtual sin base real alguna tanto por razones filosóficas como por motivos políticos. Por debajo de esta aparente normalidad ruge un conflicto profundo que desborda los ámbitos de la vida publica.

En el modelo israelí, los tres elementos de los que aquí hablamos, Religión, Estado, Derechos Humanos no guardan ninguna relación entre ellos y pertenecen a tres categorías de análisis distintas que no solo no tienen nada en común sino que incluso son excluyentes e incongruentes. Religión pertenece a la categoría teológica en la cual la fuente del poder proviene de Dios, Estado pertenece a la categoría política en la cual la fuente del poder es el pueblo y Derechos humanos pertenecen a la categoría humanista en la cual la fuente del poder proviene del Ser Humano. En el centro de la concepción Religiosa se encuentra Dios, en el centro de la concepción Estatal se halla el Pueblo y en el centro del concepto de los Derechos Humanos se halla el Hombre. Es por ello que estas tres categorías son incompatibles. Ahí donde manda Dios no puede mandar el Pueblo ni el Hombre, ahí donde manda el Pueblo, -Dios y el Page 176 Hombre están subordinados al interés estatal, y ahí donde el Hombre esta en el centro, la función del Estado es servir al Hombre mientras que Dios queda circunscrito al ámbito eclesiástico. Entre estos tres elementos existe una lucha constante de poder, una contienda por la hegemonía a veces expresa y activa y otras veces sutil y pasiva. En el contexto israelí estos tres conceptos se han vuelto incompatibles, tanto en el plano teórico como en el practico a tal punto que el titulo adecuado para esta ponencia tendría que ser "Religión versus Estado versus Derechos Humanos".

En el entorno Israelí este enfrentamiento se presenta en las tres combinaciones posibles: Estado frente a Religión. Religión frente a Derechos Humanos y Estado frente a Derechos Humanos1.

Relación estado-religión

Con respecto al primer nivel de conflicto, Estado versus Religión, me baso en conceptos vertidos por el filosofo Israelí Ishaiau Leibobich (1903-1994) quien planteo en forma clara y aguda la contradicción existente entre ambas esferas2. Leibobich, el pensador israelí contemporáneo mas brillante, (religioso en si mismo), sostuvo que ambas concepciones no pueden convivir juntas. Se trata de dos categorías opuestas. O una u otra. Y esto se debe a que el judaísmo, al igual que el islam (y en menor medida el cristianismo), es una religión total, absoluta, estrictamente reglamentada. Ella incluye todos los ámbitos de la vida y reglamenta cada situación y cada momento del día. En el judaísmo la religión no es una mera cuestión de fe o tan solo un rito -es una forma de vida que trasciende el ámbito privado e incluso pretende marcar los patrones de conducta a nivel nacional. El choque entre ambas concepciones es inevitable dado que la religión tiene exigencias que son incompatibles con un estado moderno, liberal, laico y democrático. Se trata de dos modelos opuestos de sociedad. El Estado es una institución racional, basada en normas y criterios civiles. La Religión, como tal, no puede convivir dentro un marco laico y liberal y si así fuera, como diría Leibobich esto implicaría la degeneración de la misma. Mas aun, el Estado es solo un marco organizativo, no un va- Page 177 lor en sí mismo, que cada cual la llenará de aquellos valores que crea conveniente, y así es que el Estado de Israel se convirtió en una arena en la cual disputan constantemente dos sistemas de valores -los valores religiosos contra los valores humanistas laicos.

Este conflicto de valores acompaña al Estado de Israel desde el primer día de su independencia en mayo del 48´ y se refleja en cuestiones prosaicas, como por ejemplo, si se consentirá actividad publica los sábados como transporte publico, vuelos aéreos o proyección de películas, como también en cuestiones mucho mas profundas, como por ejemplo, si permitir casamientos o divorcios civiles, o frente al marco de definición de la identidad judía -'hijo de madre judía', tal como lo marca la ley religiosa, o todo aquel que se auto-define 'judío' al margen de criterios religiosos. El conflicto entre Religión y Estado tiene ingerencia también en aspectos legales como por ejemplo qué código legal va a regir en la Corte de Justicia, el código civil, racional y moderno, o el código religioso -la 'halaja', con sus rígidas e intransigentes reglas que no saben ni pueden adaptarse a los cambios modernos3. El mejor ejemplo de la incompatibilidad entre Religión y Estado en el modelo Israelí es el hecho de que Israel carece de Constitución. A raíz de la presión de círculos religiosos sostienen que Israel no la necesita puesto que la Biblia es la ley del pueblo judío. En otras palabras, la religión obstaculiza la posibilidad de que los derechos humanos en Israel estén amparados por un sistema constitucional. En el marco de esta disputa, los círculos laicos alegan que la religión tendría que estar restringida al ámbito privado, y no penetrar al ámbito publico, mientras que los círculos religiosos sostienen lo contrario, que el judaísmo no difiere entre lo privado y lo publico y que la vida toda debe ser regida por las leyes religiosas, que son eternas y no por leyes laicas que fueron redactadas por el hombre y por ende son imperfectas. El hombre puede equivocarse -Dios no! Page 178

La influencia de la religión en lo estatal, tiene serias consecuencias incluso en lo que respecta al proceso de paz. La postura religiosa obstaculiza toda posible solución del conflicto árabe-israelí, ya que toda solución de este conflicto incluye indefectiblemente la devolución de los territorios palestinos conquistados, y la postura religiosa es intransigente, rehúsa considerar la posibilidad de devolver a musulmanes territorios que de acuerdo a su interpretación, fueron otorgados por Dios al pueblo judío, y por lo tanto nadie tiene el derecho de otorgar algo que Dios mismo legó al pueblo judío.

En síntesis, y tal como lo expresé al comienzo de esta exposición la convivencia entre Estado y Religión es un espejismo. El Estado ha logrado circunscribir al stablishment religioso dentro de su marco institucional, o tal vez sería mas indicado decir -logro 'comprarlo' y transformarlo en otro aparato burocrático al servicio...

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