En relación con el Proyecto de Ley de Sociedades Profesionales

AutorRaúl Salas
CargoAbogado del Departamento Fiscal de Madrid de Baker & McKenzie

El Proyecto viene a regular una realidad ya existente, en virtud de la cual un grupo de profesionales se asociaban bajo al forma jurÌdica de Sociedad para desarrollar su actividad profesional.

El Proyecto viene, b·sicamente, a contemplar dos grandes ·reas de la actividad de estas sociedades: su funcionamiento interno y su actividad frente a sus clientes.

En relaciÛn con lo primero, el Proyecto resulta algo intervensionista, al regular incluso las mayorÌas por las que se deben tomar determinados acuerdos de las Sociedades de Profesionales, si bien es cierto, que las reglas que establece resultan habituales en este tipo de compaÒÌas.

SÌ resulta novedoso la regulaciÛn de la actividad de dichas sociedades frente a terceros, ya que contempla aspectos tales como la obligaciÛn de hacer constar en la denominaciÛn social el car·cter de profesional (mediante las siglas propias de la Sociedad m·s la letra "p", por ejemplo S.A.p. o s.r.l.p.) y la responsabilidad de la Sociedad.

Como aspecto a resaltar, destaca la responsabilidad solidaria de la sociedad y los profesionales intervinientes (sean socios o no) en las deudas sociales que tengan...

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