Relación de causalidad

AutorGianni Egidio Piva Torres/Inmaculada Coromoto Fonseca Granadillo
Cargo del AutorUniversidad José Antonio Páez/Jueza de Primera Instancia Penal. Abogado Especialista en Derecho Penal
Páginas237-243
CAPÍTULO XIV
237
Relación de causalidad
SUMARIO: 1. Diversas fórmulas e importancia de esta indagación en
materia culposa. 2. Teoría de la causalidad adecuada. 3. Deber de impe-
dir el resultado / infracción al deber objetivo de cuidado.
1. Diversas fórmulas e importancia de
esta indagación en materia culposa
Para que se pueda atribuir al hombre una modicación del mundo
exterior (resultado), es necesario que se haya vericado como consecuen-
cia de una acción suya, es preciso en términos ANTOLISEI136: «exista
una relación de causalidad entre una y otra».
La causalidad, es decir, la relación de causa-efecto que debe existir
entre la culpa y el daño, además de ser un elemento sine qua non de la
responsabilidad penal y ordinaria de perjuicios del sujeto activo, es una
pauta de justicia, en la medida que, nadie está obligado a responder de un
daño sino cuando ha dado causa o contribuido a él. De allí que la culpa
136 ANTOLISEI. Relación de causalidad en el Derecho Penal. Editorial Torino.
Padova Italia. 1934.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR