Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo, entre España y Estados Unidos de América, regulando la afiliación a la Seguridad Social española del personal de nacionalidad no estadounidense, adscrito a la Embajada y Oficinas Consulares de este último país en España. Madrid, 8 de abril de 1982 y 1 de diciembre de 1982, respectivamente.
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Diciembre de 1982 |
Marginal | BOE-A-1983-19121 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
Excelencia:
Tengo a honra referirme a la petición de esa Embajada, de fecha 1 de octubre de 1979, solicitando autorización para hacer posible la afiliación de trabajadores no funcionarios de la Embajada de Estados Unidos al régimen de la Seguridad Social.
En respuesta a dicha petición me complazco en comunicar a V. E. la resolución favorable a la solicitud de esa Embajada de acuerdo con los siguientes puntos:
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Se autoriza la afiliación a la Seguridad Social española de todo el personal que no tenga nacionalidad estadounidense y que preste sus servicios en la Embajada y Oficinas Consulares de los Estados Unidos de América en territorio español.
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A los efectos de la indicada afiliación, la Embajada de los Estados Unidos de América en España será considerada como Empresa, a los fines exclusivos de Seguridad Social, siéndole, en consecuencia, aplicable la normativa general y específica de la Seguridad Social española, excepto en que dicha Embajada realizará exclusivamente la revisión e inspección de sus propias cuentas y actas financieras.
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La afiliación comenzará a surtir efecto el primer día del mes siguiente a aquel en que quede formalizado el Acuerdo mediante Canje de Notas.
Agradeceré a V. E. la confirmación por su parte de que lo que antecede cuenta con la aprobación del gobierno que V. E. representa, en cuyo caso esta Nota y la respuesta oportuna de V. E., constituirán un Acuerdo entre nuestros respectivos Gobiernos, que entrará en vigor a partir de la fecha de recepción de dicha respuesta.
Madrid, 8 de abril de 1982.
Excmo. Sr. Terence A Todman, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Embajada de los Estados Unidos de América en Madrid.
Excelencia:
Tengo el honor de referirme a su Nota del 8 de abril de 1982, que autoriza la afiliación de nuestros empleados que no sean ciudadanos de Estados Unidos a la Seguridad Social española.
La presente Nota confirma que el Gobierno de los Estados Unidos de América aprueba el contenido de su Nota y le informa de la intención de la Embajada de inscribir en la Seguridad Social española el 1 de enero de 1983, a ciertos empleados bajo las siguientes condiciones:
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Queda autorizada la...
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