ORDEN IYJ/439/2009, de 27 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de determinadas subvenciones en el ámbito de la Cooperación Económica Local de la Consejería de Interior y Justicia.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyOrden

ORDEN IYJ/439/2009, de 27 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de determinadas subvenciones en el ámbito de la Cooperación Económica Local de la Consejería de Interior y Justicia.

La Orden PAT/76/2006, de 26 de enero, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de determinadas subvenciones en el ámbito de la Cooperación Económica Local por la entonces Consejería de Presidencia y Administración Territorial, incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la regulación básica que en materia de subvenciones establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en su Disposición Transitoria Segunda , exige que las bases reguladoras de la concesión de subvenciones establecidas antes de la entrada en vigor de esta Ley se adapten a sus previsiones para que se puedan realizar nuevas convocatorias.

El Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, en su artículo 6.º atribuye a la Consejería de Interior y Justicia las competencias que hasta dicha fecha tenía atribuidas la Consejería de Presidencia y Administración Territorial en materia de Administración Local.

El artículo 1.c) del Decreto 70/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Interior y Justicia, dispone que compete a la Consejería de Interior y Justicia, bajo la superior dirección del Consejero, la dirección de la política de la Junta en materia de cooperación económica local.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobier

no y Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, se aprueban las siguientes bases BASES REGULADORAS:

Base primera. Objeto y ámbito de aplicación.

  1. La presente Orden establece las bases reguladoras de determinadas líneas de subvenciones que conceda la Consejería de Interior y Justicia, con cargo a los créditos de sus Presupuestos, y cuyo objeto sea:

    1. La creación y sostenimiento de Oficinas de Asistencia y Asesoramiento a Municipios y para la formación de inventarios de bienes de las Entidades Locales.

    2. Y la actualización, explotación y digitalización de la encuesta de infraestructuras y equipamiento local.

  2. Las convocatorias contendrán la cuantía total y máxima de las ayudas a conceder, salvo convocatoria anticipada, y en todo caso, la aplicación presupuestaria que contiene el crédito.

    Base segunda. Beneficiarios.

  3. Podrán ser beneficiarios de las líneas de ayudas previstas en la base primera:

    Las Diputaciones Provinciales, las Mancomunidades que las tengan entre sus fines y las Comarcas legalmente constituidas, para la del apartado a), de la base primera.

    Las Diputaciones Provinciales, para la del apartado b), de la base primera.

  4. La convocatoria, en atención al objeto, condiciones y finalidad de la subvención, reflejarán las obligaciones del beneficiario a que se refiere el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones pudiendo establecer obligaciones singulares no previstas en el mismo.

    Base tercera. Procedimiento de concesión.

  5. Las subvenciones serán concedidas a los concretos beneficiarios mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.

  6. El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública, adoptada por Orden de la Consejería de Interior y Justicia, y publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' y en la página Web de la Junta de Castilla y León.

  7. La convocatoria especificará el procedimiento para la concesión de las subvenciones, que se ajustará a lo previsto en estas bases reguladoras, lo establecido en la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en la legislación presupuestaria de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR