Decreto que regula el Procedimiento para la Edición, Distribución y Venta de las Publicaciones Promovidas por la Administración del Principado de Asturias (Decreto 96/2000, de 27 diciembre)

Publicado enBO del Principado de Asturias de 5 de Enero 2001
Ámbito TerritorialNormativa de Asturias
RangoDecreto

El Decreto 28/1985, de 18 de abril, por el que se regula el procedimiento para la edición de las publicaciones de la Administración del Principado de Asturias, estableció una regulación de la actividad editorial de la Administración Regional delimitando el ámbito de actuación de las Consejerías promotoras de publicaciones, estableciendo los cauces para una ejecución centralizada de la gestión editorial y de la tramitación de los expedientes de contratación de las ediciones en sus diferentes fases de preparación, licitación, adjudicación, formalización y seguimiento de los contratos de impresión de ejemplares, su recepción y su posterior distribución y difusión. El incremento constante de la actividad editorial de la Administración del Principado de Asturias, unido a la modificación de los procedimientos legales en materia de contratación administrativa, aconseja modificar la actual regulación para, mediante una gestión descentralizada de los procesos de edición, distribución y venta de las publicaciones institucionales, dar una respuesta más dinámica a las iniciativas editoriales emanadas de los diferentes órganos promotores, facilitando igualmente la apertura de nuevas vías de colaboración con otras instituciones públicas o privadas. El presente Decreto pretende, pues, establecer una nueva regulación, con la finalidad de facilitar la intervención de cada Consejería en los procesos de edición, distribución y venta de las publicaciones, que cada una de ellas considere de interés promover, garantizando al propio tiempo la necesaria unidad de las publicaciones de la Comunidad Autónoma, con el fin de mantener y mejorar su conocimiento público y su adecuada identificación y difusión. En su virtud, a propuesta de la Consejera de la Presidencia, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de diciembre de 2000, dispongo:

ARTÍCULO 1

La actividad editorial de las Consejerías u órganos de gobierno de los restantes entes de la Comunidad Autónoma Principado de Asturias estará presidida por el respeto a los siguientes principios o criterios generales:

  1. Coherencia en la selección de las publicaciones, que habrán de responder al interés público del sector o sectores a quienes vayan dirigidas, y enmarcarse en el ámbito sectorial...

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