Reglamento de las Agrupaciones de Voluntarios de Emergencias de Aragón (Orden de 24 de julio de 2000)

Publicado enBOA
Ámbito TerritorialNormativa de Aragón
RangoOrden

La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobó el Plan Territorial de Protección Civil de Aragón, mediante el Decreto 109/1995, de 16 de mayo ("Boletín Oficial de Aragón" núm. 62, de 25 de mayo). En él se contempla la creación de una Red de voluntarios de emergencias de Aragón, integrada por todas las agrupaciones de voluntarios de protección civil que actúen en Aragón, con arreglo a los criterios que el Plan señala.

Tanto el Plan como el presente Reglamento, al abordar el voluntariado de emergencias, siguen los criterios de las Leyes de voluntariado estatal y aragonesa, de las que sin ser un desarrollo, recogen los principios altruistas y de solidaridad que la figura del voluntario representa.

De conformidad con el epígrafe 4.9 del Plan Territorial de Protección Civil de Aragón, aprobado por el Decreto 109/1995, de 16 de mayo y en ejercicio de las competencias atribuidas al Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales en su Disposición Final Primera, en el artículo 25.6 de la Ley 1/1995, de 16 de febrero, del Presidente y del Gobierno de Aragón y en el artículo 1.l) del Decreto 181/1999, de 28 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, el titular de este Departamento dispone:

UNICO.

Aprobar el Reglamento de las agrupaciones de voluntarios de emergencias de Aragón, cuyo texto se inserta a continuación.

DISPOSICIÓN FINAL Artículos 1 a 8

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 24 de julio de 2000.

El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA

Reglamento de las Agrupaciones de Voluntarios de Emergencias de Aragón

ARTÍCULO 1 Objeto.

El objeto del presente Reglamento es regular las agrupaciones de voluntarios de emergencias, que integrarán la Red de voluntarios de emergencias de Aragón, prevista en el epígrafe 4.9 del Plan Territorial de Protección Civil de Aragón, aprobado por el Decreto 109/1995, de 16 de mayo.

ARTÍCULO 2 Red de voluntarios de emergencias de Aragón.

La Red de voluntarios de emergencias de Aragón estará integrada por todas las agrupaciones de voluntarios de emergencias cuya actuación se desarrolle en Aragón, previa inscripción en el Registro previsto en el artículo 6.1.

ARTÍCULO 3 Agrupaciones de voluntarios de emergencias.

Las agrupaciones de...

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