Reglamento de uso de los locales disponibles

SecciónIII - Consejo de Navarra
Rango de LeyReglamento

BOLETÍN Nº 85 - 3 de mayo de 2022 2. Administración Local de Navarra 2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad TIEBAS Reglamento de uso de los locales disponibles La Junta del Concejo de Tiebas, en sesión celebrada en fecha de 31 de enero de 2022, aprobó inicialmente el “Reglamento de uso de los locales disponibles propiedad del Concejo de Tiebas “. De acuerdo con el contenido de los artículos 325 y concordantes de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra se sometió el expediente al trámite de Información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio del acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial de Navarra número 51, de fecha de 11 de marzo de 2022 y en el tablón de anuncios del concejo por el plazo de treinta días hábiles, para que los vecinos e interesados legítimos pudieran examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones. Transcurrido dicho plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, se entienden aprobado definitivamente el reglamento y por todo ello se procede ahora a la publicación de su texto íntegro, a los efectos procedentes.

Tiebas, 15 de marzo de 2022.–La presidenta, Leire Martínez Carneiro.

REGLAMENTO DE USO DE LOS LOCALES DISPONIBLES PROPIEDAD DEL CONCEJO DE TIEBAS

  1. –Locales:

    –Locales propiedad del Concejo de Tiebas y destinados al uso público:

    El Concejo de Tiebas es propietario de los locales y salas destinados al uso público siguientes:

    Dependencias de la antigua sede del concejo. Sala-Gaztetxe número 1 del nuevo edificio del concejo. Sala-Gaztetxe número 2 del nuevo edificio del concejo. Sala-Gaztetxe número 3 del nuevo edificio del concejo. Sala de música 1. Sala de música 2. Sala grande. –Locales objeto de cesión del uso:

    La Junta del Concejo de Tiebas determinará y asignará a cada uno de los locales de su propiedad que estén destinados al uso público y considere que están disponibles, una modalidad concreta de uso de acuerdo con el contenido de las bases del presente reglamento.

  2. –Tipos o modalidades de usos:

    Modalidad 1: Uso temporal.

    –Usuarios:

    La actividad o uso a desarrollar en el local no podrá consistir, ni directa ni indirectamente, en una actividad que genere lucro o beneficio económico al cesionario.

    Podrán solicitar la cesión de uso de locales las personas jurídicas sin ánimo de lucro con domicilio fiscal en Tiebas para el uso/utilización por parte de sus miembros, cuyos estatutos, además de ser acordes con la ley aplicable y de no plantear ninguna discriminación por razón de sexo, religión o ideología, deberán ser abiertos para todo...

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