Reglamento de Ejecución (UE) nº 725/2011 de la Comisión de 25 de julio de 2011 por el que se establece un procedimiento de aprobación y certificación de tecnologías innovadoras para reducir las emisiones de CO2 de los turismos, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo. (DOUE L 194/19, 26 de julio de 2011)

AutorPablo Miquel Bautista
CargoEstudiante en Prácticas del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas12-12

Page 12

Temas Clave: Calidad del aire; Emisiones; Turismos; Nuevas Tecnologías

Resumen:

El presente Reglamento establece el protocolo de ejecución para la aprobación y posterior certificación de tecnologías innovadoras en la reducción de las emisiones de CO2 de los turismos, basándose para ello en las directrices marcadas por el Reglamento 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Con el doble objetivo de impulsar el desarrollo y fomentar una rápida implantación de tecnologías que reduzcan las emisiones de CO2 de los turismos nuevos, se desarrolla este Reglamento. En él se enumeran y definen los diferentes requisitos que las innovaciones tecnológicas deben cumplir para la obtención de dicha certificación. Requisito básico es que las propuestas sean de primera aplicación, no siendo válidas aquellas tecnologías que ya han sido empleadas, como son los sistemas de control de presión de neumáticos ni las tecnologías que dependan de la acción del conductor u otros factores ajenos al control del solicitante.

Las solicitudes deberán ser presentadas a la Comisión por fabricantes o proveedores, que demostrarán la idoneidad de la innovación tecnológica previamente probada, habiéndose comprobado que su aplicación implicará una reducción de emisiones de como...

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