REGLAMENTO de los Servicios Científico-Técnicos de la Universidad de Oviedo.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyReglamento

Exposición de motivos Los Servicios Científico-Técnicos de la Universidad de Oviedo son estructuras destinadas a dar soporte a grupos de investigación de la institución, así como de otras instituciones públicas y privadas y a la sociedad en general. Desde su creación en 1987, al amparo del artículo 39 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, su objetivo principal ha sido la optimización de los recursos científicos de la institución, potenciando la capacidad investigadora de la Universidad y consiguiendo su máximo rendimiento al hacerlos accesibles a otros investigadores externos, cubriendo asimismo la creciente demanda de las empresas privadas.

Debido a la expansión y desarrollo experimentado por los Servicios Científico-Técnicos durante los últimos años y el interés en su potenciación, se hace necesario adecuar su estructura organizativa a la nueva realidad manteniendo sus finalidades. Para poder asumir estos objetivos, la Universidad velará para que los Servicios Científico-Técnicos disfruten de un instrumental idóneo y de un personal cualificado, siendo su funcionamiento regulado por este Reglamento y por todos los preceptos que emanen de la legislación vigente y los acuerdos de la Junta de Gobierno de la Universidad de Oviedo.

Título I Naturaleza, objetivos y finalidades Artículo 1
Artículo 1

Las finalidades de los Servicios Científico-Técnicos son: 1. Dar soporte a la investigación de los diferentes departamentos, grupos, centros e institutos de investigación de la Universidad de Oviedo, Hospital Universitario y a cualquier otro organismo público o privado, así como a otros usuarios externos, bien de forma individual o en el marco de los convenios, conciertos o acuerdos que establezca la Universidad.

  1. Desarrollar métodos y técnicas de apoyo a la investigación de acuerdo con las directrices de política científica de la Universidad de Oviedo.

  2. Proporcionar formación técnica especializada en los ámbitos de competencia de cada servicio.

  3. Contribuir como elemento activo en las relaciones Universidad-empresa en el campo del desarrollo de tecnología y prestación de servicios, directamente o en colaboración con otros servicios de la Universidad.

  4. Participar en redes nacionales e internacionales de centros de soporte a la investigación.

Título II Estructura y gestión Artículos 2 a 6
Artículo 2

Los Servicios Científico-Técnicos se estructurarán en secciones y éstas en unidades. Cada sección agrupa un conjunto de unidades que comparten objetivos o técnicas. Las unidades son las células básicas de funcionamiento de los Servicios Científico-Técnicos, y se corresponden en general con una técnica instrumental concreta o un conjunto de técnicas afines. La creación, modificación y supresión de las secciones y unidades es competencia del Vicerrectorado de Investigación.

Cada una de las secciones tendrá un...

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