REGLAMENTO del Servicio de Publicaciones aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad de Oviedo en la sesión celebrada el 3 de mayo de 2001.
Sección | I - Principado de Asturias |
Rango de Ley | Reglamento |
Preámbulo El artículo 39 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo define los Servicios Universitarios como "aquellos que sirven de apoyo a la docencia, investigación y gestión de la Universidad, y que por su carácter específico precisan de una organización propia". El apartado 2 de este artículo contempla expresamente la existencia de un Servicio de Publicaciones. Por su parte, los artículos 40 y 66 f) atribuyen a la Junta de Gobierno la competencia para aprobar sus reglamentos.
En este marco, el Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Servicios Universitarios propone un reglamento regulador del Servicio de Publicaciones.
El proyecto de reglamento se divide en cuatro títulos: Título primero, Naturaleza y fines; título segundo, Organización; título tercero, Actividad editorial, y título cuarto, Régimen económico y financiero. Se regula la organización del Servicio, con un Director y una Comisión de Publicaciones, presidida por el Rector. Por otro lado, se regula la actividad editorial, concretando los tipos de trabajos que se van a publicar y lo relativo a los contratos de edición. Por último, se prevé la inclusión en el presupuesto universitario de los recursos correspondientes al Servicio.
El Servicio de Publicaciones es el órgano de la Universidad de Oviedo responsable de la edición, comercialización e intercambio de libros, revistas y otro material editorial. El Servicio es la editorial de la Universidad y su principal sello editorial a efectos legales y de nombre comercial. Está adscrito al Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Servicios Universitarios.
El Servicio tiene dos órganos de gobierno: El Director y la Comisión de Publicaciones.
El Director del Servicio será nombrado por el Rector.
Son funciones del Director: (a) Coordinar y dirigir las actividades del Servicio.
(b) Convocar la Comisión de Publicaciones por orden del Presidente.
(c) Elaborar las previsiones presupuestarias y ejecutar el presupuesto de ingresos y gastos del Servicio.
(d) Contratar y ordenar impresiones de acuerdo con las directrices de la Comisión de Publicaciones.
(e) Llevar a cabo las ediciones de carácter institucional.
(f) Proponer modificaciones de plantilla del Servicio, así como la adquisición de equipamiento y material, de acuerdo con los presupuestos.
(g) Gestionar los sistemas de comercialización y distribución del fondo editorial.
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba