STSJ Galicia , 11 de Mayo de 2004

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2004:3092
Número de Recurso4970/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso N° 4970/2000 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado a SENTENCIA Nº 412/2004 ILMOS. SRS. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ -PTE.

D. CARLOS LÓPEZ KELLER D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a once de mayo de dos mil cuatro.

En el recurso contencioso- administrativo que con el N° 4970/00 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Dª. Paula , D. Matías , D. Braulio , D. Jose Pablo y D. Ildefonso , representados por Dª.

Alicia Lodos Pazos y dirigidos por Dª. Margarita Lamela Louzán, contra el acuerdo de 3-8-2000 del Ayuntamiento de Muxía. Es parte demandada el Ayuntamiento de Muxía, representado y dirigido por D. Ramón Vicente López Rey, Letrado del Servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación de A Coruña.

La cuantía del recurso es de 4.875.000 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso- administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

No habiéndose interesado el recibimiento del pleito a prueba, una vez cumplimentado el trámite de conclusiones concedido a Las partes se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 6-5-04.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso- administrativo el Acuerdo de 3-8- 2000 del Ayuntamiento de Muxía por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra otro de 1-6-00, por el que se decidió corregir un error en el inventario de bienes municipales en relación con la finca denominada " DIRECCION000 ".

SEGUNDO

Según se dice en un informe de la Secretaría del Ayuntamiento de Muxía de 10-11-1998 que obra en el expediente administrativo, en el año 1992, y como culminación de un expediente de investigación iniciado de 1988, la finca conocida Como " DIRECCION000 " fue incorporada al inventario de bienes municipales. El artículo 45 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales dispone que éstas tienen la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que presuman de su propiedad, siempre que ésta no conste, a fin de determinar la titularidad de los...

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