DECRETO 57/2005, de 14 de julio, por el que se aprueban los Planes Regionales Sectoriales de Atención y Protección a la Infancia, de Atención a las Personas Mayores, de Atención a las Personas con Discapacidad, y de Acciones para la Inclusión Social.. (Continúa en Suplemento)

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyDecreto

34 B.O.C. y L.

  1. Mecanismos de coordinación

    El desarrollo y ejecución de las acciones previstas en la planificación regional debe orientarse desde los principios de unidad de acción, uso eficaz de los recursos disponibles, coordinación interinstitucional, y control y seguimiento de actuaciones.

    Los mecanismos previstos en la vigente normativa para facilitar la articulación y coordinación de las intervenciones en los ámbitos regional y local son:

    El Consejo Regional de Acción Social:

    Este órgano consultivo, de participación de los diferentes agentes del Sistema y de coordinación entre las distintas entidades de la Comunidad Autónoma, tiene asignadas las funciones de informe, propuesta y seguimiento de los programas y proyectos de la Junta de Castilla y León en materia de acción social.

    En el marco de este Consejo se constituirá una Ponencia Técnica Sectorial específicamente encargada del seguimiento del desarrollo de la planificación regional y a la que corresponderá la articulación de acciones, la elaboración de propuestas, la coordinación de campañas de divulgación y otras acciones de comunicación y sensibilización social, el estudio de fórmulas de colaboración público-privada, el intercambio de información, el asesoramiento a las entidades responsables en la toma de decisiones y la evaluación periódica de resultados.

    Los Consejos Provinciales de Acción Social:

    Estos Consejos, cuya constitución y funcionamiento tendrán carácter ordinario y en los que estarán representados la Administración Regional, las Corporaciones Locales de la provincia y las entidades privadas, asumirán en el ámbito provincial funciones de programación, coordinación e informe.

    La Comisión Sectorial Regional de Cooperación en materia de acción social:

    Esta Comisión, en la que están representados la Administración de la Comunidad de Castilla y León, los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales, asume en general funciones de alta coordinación del Sistema de Acción Social y de intercomunicación entre las diferentes Administraciones, además de asesorar en el seguimiento y vigilancia de los diferentes aspectos de la acción social en armonía con la planificación regional, así como de poder recabar información a entidades públicas y privadas.

    Las Comisiones Sectoriales Provinciales de Cooperación en materia de acción social:

    Desde su carácter de órganos especializados de carácter permanente y composición paritaria entre representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma y de las Corporaciones Locales, asumen funciones de seguimiento y coordinación.

    Convenios interinstitucionales:

    Finalmente los convenios o acuerdos interinstitucionales que, sin menoscabo de la titularidad competencial de las instituciones implicadas, puedan establecerse en el ámbito de la acción social y los servicios sociales regularán las relaciones, compromisos y obligaciones de las partes implicadas, incluidos los concretos aspectos de coordinación.

  2. Evaluación.

    La evaluación se llevará a cabo anualmente, junto con las correspondientes memorias, así como la evaluación final a la conclusión de la vigencia del Plan; todo ello en el marco de un sistema de información integrado y único para toda la planificación regional.

    Dicha evaluación se realizará mediante el análisis de los indicadores correspondientes a los distintos objetivos que cada programa comprende, determinando lo efectivamente ejecutado o desarrollado, en una evaluación de proceso que permita reconducir efectos no deseados y mejorar aspectos del Plan, que se convierta en un instrumento dinámico para la planificación.

    Un especial énfasis en la evaluación, en el conocimiento del cumplimiento de los objetivos del Plan por parte de los organismos colaboradores y la percepción que los usuarios tienen acerca de nuestras actuaciones, serán pilares fundamentales a la hora de analizar el cumplimiento e impacto de los Planes Sectoriales.

    En todo caso, la evaluación estará sometida a la actividad de conocimiento, informe y seguimiento por parte de los distintos órganos colegiados, de ámbito general o sectorial, ya existentes y que tienen atribuidas estas funciones, o por aquellos otros específicos que puedan ser constituidos para este particular cometido.

    DECRETO 57/2005, de 14 de julio, por el que se aprueban los Planes Regionales Sectoriales de Atención y Protección a la Infancia, de Atención a las Personas Mayores, de Atención a las Personas con Discapacidad, y de Acciones para la Inclusión Social.

    Los servicios sociales juegan un papel fundamental en las actuales sociedades del bienestar y tienen como finalidad garantizar la cobertura de las necesidades básicas de todos los ciudadanos y remover los factores que conducen a la exclusión social, en conjunción con los aspectos que por su propia naturaleza atienden otros sistemas normalizados de protección social como la sanidad, la educación, la vivienda y el empleo.

    De este modo, el sistema de acción social promueve la solidaridad, el desarrollo libre y pleno de la persona, la igualdad de los individuos en la sociedad, la prevención y la eliminación de las causas que conducen a la exclusión social, y facilita los medios para la integración y el desarrollo comunitario, así como el bienestar social de los ciudadanos y grupos sociales.

    Los servicios sociales de Castilla y León han visto una enorme evolución desde su establecimiento con el estado de las autonomías. El desarrollo de un marco regulador con las definiciones básicas de servicios sociales, las competencias de las Administraciones Públicas y la planificación regional cuatrienal, la diversificación de prestaciones y dispositivos en una progresiva adaptación de los recursos a las necesidades, el progresivo aumento de la financiación, la mayor profesionalización, la introducción de nuevos conceptos y técnicas, y el mayor uso de las nuevas tecnologías, han marcado un cambio enormemente grande para el tiempo en que se ha desarrollado.

    La planificación regional vigente durante los años 2000 al 2003 ha tenido un grado de cumplimiento próximo al 90% de las acciones previstas, y no obstante los principales planteamientos estratégicos, tanto el general, como los sectoriales, mantienen su vigencia dado que en cuatro años no se han producido grandes cambios ni en los recursos financieros, ni en los conceptos teóricos, ni en la dimensión de las necesidades a cubrir. Todos ellos han experimentado, sin embargo, una evolución a la que responden unos cambios introducidos en las líneas estratégicas, pero sobre todo las numerosas acciones que resultan ahora completamente nuevas en la planificación regional.

    La Constitución Española, en su Título I, Capítulo III, establece los principios rectores de la política social y económica del Estado, señalando las prestaciones a las que están obligados los Poderes Públicos en materia de Servicios Sociales y Acción Social. Estas competencias son asumidas de manera exclusiva por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, conforme se establece en el artículo 32.1, 19.' y 20.' de su Estatuto de Autonomía.

    La Ley 18/1988, de 28 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales, en su artículo 30, dispone que la Junta de Castilla y León aprobará los Planes Regionales de Acción Social, afirmando el carácter vinculante de los mismos para todas las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma y para los sectores privados que perciban fondos públicos.

    La justificación de la presente planificación descansa, por tanto, fundamentalmente en la idea de actuación coordinada entre todas las entidades, que surge como necesidad desde la propia realidad actual de los servicios sociales, pero que también constituye una orientación marcada por la normativa en vigor. En concreto, el artículo 3 del Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, aprobado por el Decreto 2/1998, de 8 de enero, y modificado por los Decretos 329/1999, de 30 de diciembre, y 166/2000, de 6 de julio, atribuye a dicho organismo la función de elaboración del 'Plan Estratégico del Sistema de Acción Social', así como la elaboración y ejecución de los 'Planes Regionales Sectoriales' en los diversos sectores de actuación de dicho Sistema.

    El objetivo general es ordenar la actuación del sistema de acción social hasta finales del año 2007, en desarrollo del Plan Estratégico de Acción Social de Castilla y León, para los sectores de población general, infancia, personas mayores, personas con discapacidad, y otra población necesitada de ayuda para la inclusión social. Se pueden destacar los principios fundamentales y líneas estratégicas de normalización, atención integral e individualizada, prevención, apoyo a la familia y a la inserción laboral, atención diferenciada al medio rural, calidad de vida y calidad de servicio, y atención a la dependencia.

    Respecto a la normalización se busca favorecer la atención a través de los recursos ordinarios, y sólo utilizar los recursos específicos de servicios

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    sociales cuando no hay otras posibilidades, con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades y la calidad de vida.

    El planteamiento integral e intervención individualizada trata de considerar todas las necesidades de cada persona para actuar de la forma más eficiente y con un aprovechamiento racional de los recursos disponibles. Esto implica mejorar la coordinación interinstitucional en la acción y extender la metodología del plan de caso y el trabajo en equipo, en especial, en la atención de familias y niños, personas con discapacidad, con dependencia, y personas en riesgo o situación de exclusión.

    Se busca potenciar los sistemas de prevención de las situaciones de exclusión social, maltrato...

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