DECRETO 49/2006, de 20 de julio, por el que se aprueba el Plan Regional de ámbito territorial para el desarrollo del Parque Tecnológico de Burgos.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 49/2006, de 20 de julio, por el que se aprueba el Plan Regional de ámbito territorial para el desarrollo del Parque Tecnológico de Burgos.

I La Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que la actividad de la Junta de Castilla y León en materia de ordenación del territorio, se ejercerá, entre otros, a través de los instrumentos denominados Planes Regionales de ámbito territorial, que según dispone la propia Ley, tienen por objeto planificar la ejecución de actuaciones industriales, residenciales, terciarias, dotacionales o de implantación de infraestructuras, que se consideren de interés para la Comunidad.

La citada Ley 10/1998, de 5 de diciembre, establece que los Planes Regionales sólo pueden ser promovidos por la iniciativa pública, entendiendo como tal a las Administraciones públicas, las entidades de Derecho Público de ellas dependientes, las Sociedades con capital que les pertenezca íntegra o mayoritariamente y los Consorcios con participación de alguna de las anteriores.

La Sociedad de Gestión Urbanística de Castilla y León, S.A. (Gesturcal, S.A.) con fecha 8 de octubre de 2004, presenta en la Consejería de Economía y Empleo, el Plan Regional de ámbito territorial para el desarrollo del Parque Tecnológico de Burgos, para su tramitación conforme a lo previsto en el artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre.

II La tramitación administrativa del Plan se ha efectuado de conformidad con lo dispuesto en el capítulo IV del Título II de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre.

La tramitación del Plan Regional de ámbito territorial para el desarrollo del Parque Tecnológico de Burgos, se inició mediante Orden EYE/1744/2004, de 4 de noviembre.

La citada Orden fue publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 24 de noviembre de 2004 y dispuso la apertura de un periodo de información pública y audiencia a las administraciones públicas, a los efectos de lo previsto en el artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, y en el artículo 42 del Decreto 209/1995, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León. Asimismo, se insertó el correspondiente anuncio de dicho trámite en el periódico 'Diario de Burgos'.

El documento se remitió a la Subdelegación del Gobierno en Burgos, a las Consejerías, a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos, a los Servicios Territoriales de Fomento y de Medio Ambiente de Burgos, a la Diputación Provincial de Burgos, al Ayuntamiento de Burgos y al Ayuntamiento de Cardeñajimeno.

Finalizado el periodo de información pública y audiencia, se dio traslado de las alegaciones recibidas a Gesturcal, S.A., como promotor del Plan, para su valoración. Asimismo, se recibió la indicación de la Consejería de Cultura y Turismo de la...

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