Régimen transitorio para las tablas de amortización

AutorDomingo Carbajo

Entre el tratamiento contable de las amortizaciones y su tratamiento fiscal existen diferencias que constituyen una de las causas que distinguen el resultado contable de la base imponible del IS. La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) ha alterado significativamente desde el 1 de enero de 2015 las tablas oficiales de amortización respecto a la situación anterior ( ANEXO RIS ), por lo cual se plantea el régimen transitorio aplicable a los elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad, al cual nos referiremos en estas páginas.

Contenido
  • 1 Cuestiones generales de la amortización contable versus amortización fiscal
  • 2 Tablas de amortización oficialmente aprobadas
  • 3 Aplicación del régimen transitorio
  • 4 Libertad de amortización
  • 5 Libertad de amortización para bienes de escaso valor
  • 6 Ver también
  • 7 Recursos adicionales
  • 8 En dosieres legislativos
  • 9 Legislación básica
  • 10 Legislación citada
Cuestiones generales de la amortización contable versus amortización fiscal

La normativa fiscal, para determinar la base imponible del IS, practica una serie de correcciones sobre el resultado contable que es el punto de partida, artículo 10.3 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) . El segundo bloque de correcciones a las valoraciones contables que regula la LIS , artículo 11 , son las amortizaciones. Asimismo, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS) dedicaba a esta materia los artículos 1 al 5 , ambos inclusive, conformando el Capítulo I. Amortizaciones, de su Título I. Base Imponible, así como su Anexo (donde se encuentran las tablas de amortización oficiales y sus Instrucciones de aplicación) y su DT primera . Tras la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, LIS , las Tablas oficiales de amortización se incluyen en la propia LIS, art. 12.1, a) , habiéndose derogado el ANEXO del RIS 2007, aunque también el nuevo RIS destina algunos de sus primeros artículos a la amortización, arts. 3 a 7.

Desde el punto de vista contable, la Segunda Parte del propio Plan General de Contabilidad (PGC) , dedicada a las NRV, en el apartado 2.1 de la Segunda NRV (Inmovilizado Material), trata de la amortización en los siguientes términos:

“Las amortizaciones habrán de establecerse de manera sistemática y racional en función de la vida útil de los bienes y de su valor residual, atendiendo a la depreciación que normalmente sufran por su funcionamiento, uso y disfrute, sin perjuicio de considerar también la obsolescencia técnica o comercial que pudiera afectarlos.”

En consecuencia, la amortización contable ha de ser efectiva, en atención a la vida útil del bien. Sin embargo, contablemente, no se establece un método particular de amortización que asegure tal efectividad.

Ahora bien, tanto el artículo 12.1 LIS como el artículo 1.1 RIS , donde figuran las normas comunes sobre amortización fiscal , ratifican que, en el IS, la efectividad de las amortizaciones se produce, sólo cuando el contribuyente aplica alguno de los métodos de amortización mencionados en el artículo 12.1 LIS .

Por otro lado, otra diferencia entre la amortización contable y la fiscal surge en los casos, art. 12.3 LIS , en que se reconoce el incentivo fiscal conocido como libertad de amortización .

Tablas de amortización oficialmente aprobadas

La normativa del Impuesto reconoce como depreciación efectiva de los bienes del inmovilizado material, inmaterial e intangible a una serie de métodos de amortización, art. 12.1 LIS .

Entre estos métodos de amortización cuya aplicación se considera generan gastos por amortizaciones fiscalmente deducibles se encuentra el más importante y comúnmente aceptado: el resultado de aplicar a la base de amortización una serie de coeficientes de amortización lineal que aparecen en una Tabla descrita en el art. 12.1, a) LIS .

El sistema de amortización lineal es tradicional en el IS, pero en la normativa anterior a 1 de enero de 2015, regulada por el TRLIS y el RIS , las tablas de amortización eran diferentes, apareciendo recogidas en el ANEXO al RIS y en las Instrucciones para la aplicación de tales Tablas.

En la LIS se ha producido una...

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