Del régimen de separación de bienes

AutorJosé Luis de los Mozos
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Civil
Páginas302-39

J. Castan Tobeñas, Derecho civil español, común y foral, V, Derecho de familia, 1, Relaciones conyugales, 10." ed. (revisada por G. García y J. M. Castán Vázquez), Madrid, 1983, págs. 480 y ss.; D. Espín Cánovas, Manual de Derecho civil español, IV, Familia, 7." ed., Madrid, 1982, págs. 283 y ss.; J. L. Lacruz, Derecho de familia. El matrimonio y su economía (en colaboración con F. A. Sancho Rebullida), Barcelona, 1963, páginas 619 y ss.; J. L. Lacruz y otros, La reforma del Derecho de familia del Código civil español, I, Régimen económico del matrimonio, filiación y patria potestad, Madrid, 1979, páginas 95-96; J. L. Lacruz y F. A. Sancho, Elementos de Derecho civil, IV, Derecho de familia, Barcelona, 1982, págs. 518 y ss.; M. Albaladeto, Curso de Derecho civil, IV, Derecho de familia, Barcelona, 1982, págs. 194 y ss.; L. Díez-Picazo y A. Gullón, Sistema de Derecho civil, IV, Derecho de familia. Derecho de sucesiones, 2.º ed., Madrid, 1982, páginas 283 y ss.; J. Santos Briz, Derecho civil. Teoría y práctica, V, Derecho de familia, Madrid, 1982, págs. 249 y ss.; J. L. de los Mozos, La reforma del Derecho de familia en España, hoy, Valladolid, 1981, págs. 122-124, y del mismo, Comentarios al Código civil y a tas Compilaciones forales (dirigidos por M. Albaladejo), vol. XVIII-1 (arts. 1.315 a 1.343), 2.º ed., Madrid, 1982, págs. 7 y ss.; V. L. Montes, en Comentarios a la reforma del Derecho de familia, II, Madrid, 1984, págs. 1914 y ss.

J. Martín Blanco, «Principios informadores de los nuevos sistemas económicos del matrimonio», en Revista de Derecho Privado, 1959, págs. 709 y ss.; D. Espín, Capacidad jurídica de la mujer casada (Dis. inaug.), Salamanca, 1969; S. Boschan, «La equiparación jurídica del varón y la mujer en el Derecho europeo», en Revista de Derecho Privado, 1964, páginas 605 y ss., y del mismo, «El Derecho de familia en la República federal de Alemania», en Kevisía de Derecho Privado, 1973, págs. 493 y ss.; Pérez y Jofre, «La evolución del Derecho de familia en materia de relaciones patrimoniales entre cónyuges», en Revista de Derecho Notarial, 1975, págs. 240-246; H. L. Wevers, «La evolución del Derecho de familia en la República federal alemana desde la postguerra», en Cuadernos de Derecho comparado, I, La reforma del Derecho de familia, Salamanca, 1977, págs. 111 y ss.; S. Alagna, Famiglia e rapporti ira coniugi nél nuovo diritto. Milano, 1979, págs. 312 y ss.; Bessone, Alpa, d'Angelo y Ferrando, La famiglia nel nuovo diritto, 2." ed., Bologna, 1980, páginas 31-37; C. Labrouse y C. Riou, L'égalité des époux en droit allemand, París, 1965; H. Lange, «Kontinuitát und Diskontinuitat in der Entwiclung des Familienrechts», en Festschfrift zum 500-jahrigen Bestehen der Tübinger Juristenfakultat, Tübingen, 1977, páginas 371 y ss.; J. Gernhuber, Neues Familienrecht, Tübingen, 1977; y. G. Renauld, en Les régimes matrimoniaux (raport introductif des «Travaux d'études juridiques Jean Dabin), Bruxelles, 1966, págs. 1 y ss.; Kehl, «Die Familienrechts reform», en Revue de droit suisse, 86 (1966), págs. 147 y ss.; H. Deschenaux, Vers une revisión de droit matrimonial suisse (Coloquio franco-suizo de Derecho comparado), París, 1972; H. A. Kaufmann, «Ehevertragliche Vorschlagausbedingung un pflichtteilsrechatliche Berabsetzung», en Berner Festsgabe zum Schweizerischen furistentag, JBern, 1979, págs. 233 y ss.; F. Corsi, 11 regime patrimoniale della famiglia, Milano, 1979, págs. 25 y ss. y 47 y ss.; De Paola-Macri, Rapporti patrimoniali tra coniugi, Milano, 1978, págs. 87 y ss., para las cuestiones generales en relación con los principios inspiradores de la reforma y las conexiones sistemáticas del tema.

Para el Derecho comparado en general: A. Rouast, Le régime matrimonial legal dans les législations contemporaines, París, 1957; E. Fernández Cabaleiro, El régimen económico matrimonial legal en Europa, Madrid, 1969; S. Boschan, Europáisches Familienrecht, 5.º ed., München, 1972; J. Patarin e I. Zajtay, Le régime matrimonial legal dans les législations contemporaines, 2." ed., París, 1974; V. L. Simó Santonja, Los regímenes matrimoniales en el mundo de hoy, Pamplona, 1978; J. G. Renault, Droit patrimonial de la famille, I, Les régimes matrimoniaux, Bruxelles, 1971; L. Raucent, Les régimes matrimoniaux, 2.º ed., Bruxelles, 1978, págs. 413 y ss.

Para la bibliografía española, aparte las obras generales sobre el régimen de separación de bienes: I. Nart, «El régimen matrimonial de separación de bienes», en Revista de Derecho Privado, 1951, págs. 30 y ss.;" G. García Cantero, «La separación de los cónyuges en el matrimonio civil», en Revista de Derecho Notarial, 1959, págs. 7 y ss.; M. de la Cámara, «La separación de hecho y la sociedad de gananciales», en Anuario de Derecho civil, 1969, págs. 3 y ss.; J. Delgado Echeverría, «El régimen de separación dé bienes como sanción al matrimonio contraído sin el previo consejo paterno antes de la reforma del Código civil de 24 de abril de 1958», en Anuario de Derecho civil, 23 (1970), págs. 818 y siguientes; del mismo, El régimen matrimonial de separación de bienes en Cataluña, Madrid, 1974; L. Díez-Picazo, «Régimen económico matrimonial de hecho y sanción por matrimonio irregular», en Revista crítica de Derecho inmobiliario, 1971, págs. 647 y ss.; R. Blanquer, «Los efectos del divorcio, de la separación de cuerpos y de la separación de hecho sobre las personas y los patrimonios en Derecho comparado», en Revista de Derecho Notarial, 1971, páginas 95 y ss.; R. Bercovitz, «La capacidad de la mujer casada en las situaciones anormales del matrimonio», en Revista de Derecho Privado, 1974, págs. 700 y ss.; Campo Villegas, «En torno a la transformación del régimen ganancial en el de separación de bienes», en Revista Jurídica de Cataluña, 1977, págs. 271 y ss.; después de la reforma: C. Vázquez Iruzubieta, Régimen económico del matrimonio, Madrid, 1982, págs. 387 y ss.; L. Martínez Calcerrada, El nuevo Derecho de familia, I, Madrid, 1981, págs. 142 y ss.; Magariños Blanco, «El cambio de régimen económico matrimonial de gananciales por el de separación y los derechos de los acreedores», en La reforma del Derecho de familia, Sevilla, 1982, págs. 155 y ss.; A. L. Rebolledo Várela, Separación de bienes en el matrimonio. El régimen convencional de separación de bienes en el Código civil, Madrid, 1983.

Para la bibliografía extranjera: G. Beitzke, Familienrecht, 23.ª ed., München, 1983, páginas 126 y ss.; J. Gernhuber, Lehrbuch des Familienrechts, Z." ed., München, págs. 594 y ss.; Kanzleiter, en Münchener Kommentar zum BGB, V, Familienrecht, München, 1978, páginas 411 y ss.; Hanisch, «Ehewohnungsprobleme getrennt lebender Ehegatten», en Neues Juristische Wochenschrift, 1963, págs. 1033 y ss.; J. Hedeman, «Gütertrenung heute und künftig», en Deutsche Notar-Zeitschrift, 1951, págs. 6 y ss.; H. Lehmann, Derecho de familia, trad. esp., Madrid, 1957, págs. 190 y ss.; Kipp y Wolff, en el Tratado de Derecho civil, de L. Enneccerus, Derecho de familia, 1, 2.ª ed. española, págs. 416 y ss.; F. Gschnitzer, Familienrecht, Wien, 1963, págs. 57 y ss.; Klang-Gschnitzer, Kommentar zum Allgemeinen bürgerlichen Gesetzbuch, 2.º ed., V, Wien, 1954, págs. 820 y ss.; Planiol, Ripert y Nast, Traite pratique de droit civil francais, IX-2, París, 1959, págs. 423 y ss.; Saujot, La pénétration des idees séparatistes dans les régimes communautaires, París, 1954; Spiteri, L'égalité des époux dans le régime matrimonial legal, París, 1965; R. Savatier, La séparation de biens en droit francais, París, 1973; P. Raynaud, Les régimes matrimoniaux, París, 1978, págs. 343 y ss.; M. de Juglart, Lecons de droit civil, de Mazeaud y Mazeaud, IV-1, Régimes matrimoniaux, París, 1977, págs. 520 y ss.; G. Cornu, Les régimes matrimoniaux, 2.º ed., París, 1977, págs. 641 y ss.; A. Colomer, Droit civil. Régimes matrimoniaux, París, 1982, págs. 549 y ss.; G. Cattaneo, en Commentario alia riforma del diritto di famiglia (de Carraro, Oppo y Trabucchi), I, Padova, 1977, págs. 468 a 488; G. Cian y A. Trabucchi, Commentario breve al Códice civile, Padova, 1981, págs. 134-135; Pino, // diritto di famiglia, Padova, 1977, págs. 97 y ss.; Falzea, «II dovere di contribuzione nel regime patrimoniale della famiglia», en Rivista di diritto civile, 1977, páginas 609 y ss., etc.

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I Introducción

La reforma de los regímenes económicos matrimoniales, llevada a cabo por la Ley de 13 mayo 1981, ha regulado por primera vez de manera orgánica y específica el régimen de separación de bienes. Con anterioridad, Page 303 este régimen aparecía. como una mera posibilidad convencional, pactada en capitulaciones matrimoniales, y que se regía por efecto reflejo de otras Page 304 normas, fragmentarias e incompletas (como, por ejemplo, el antiguo artículo 1.458 del Código civil)1, preocupándose más el Código de la separación de bienes en las ocasiones anormales del matrimonio (art. 1.432, en su redacción originaria)2 y de su imposición en concepto de sanción (antiguo art. 50 del Código civil)3. Solamente la reforma introducida por la Ley de 2 mayo 1975, por la que se establece la equiparación de los cónyuges Page 305 y se suprime la licencia marital, viene a dar a este régimen una mayor sustantividad legal, pues con ocasión de la misma se retocan algunos preceptos del Código y se introduce alguno nuevo (como el correspondiente al art. 1.435) 4.

Efectivamente, la Ley de 2 mayo 1975, aun obedeciendo a los mismos principios que los implantados en la última reforma, se quedó, como ya hemos dicho en otras ocasiones 5, a mitad de camino, siendo en esta materia la Ley de 13 mayo...

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