Régimen de responsabilidad del porteador: fundamento, supuestos y causas de exoneración

AutorArantxa Martínez Balmaseda
CargoProfesora de Derecho Mercantil, Universidad del País Vasco (UPV/EHU).
Páginas255-273
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DEL PORTEADOR: FUNDAMENTO, SUPUESTOS Y CAUSAS...
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RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DEL PORTEADOR:
FUNDAMENTO, SUPUESTOS Y CAUSAS
DE EXONERACIÓN
Arantza Martínez Balmaseda
Profesora de Derecho Mercantil
Universidad del País Vasco (UPV/EHU)
RESUMEN
El presente artículo estudia el régimen jurídico de responsabilidad del por-
teador terrestre previsto en la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del Contrato de
Transporte Terrestre de Mercancías, analizando su contenido normativo con res-
pecto a los principales aspectos del régimen de responsabilidad del porteador. El
estudio de su contenido se efectúa en relación con los Convenios Internacionales
en la materia como el Convenio de Transporte Internacional de Mercancías por
carretera (CMR) y las Reglas Uniformes CIM/1999. Con tal f‌in, en el artículo se
estudia el fundamento de responsabilidad del porteador, el periodo de responsa-
bilidad así como los supuestos de exoneración.
Palabras clave: Responsabilidad del porteador. Fundamento de responsabili-
dad. Periodo de responsabilidad. Supuestos de exoneración.
ABSTRACT
This article reports carrier´s liability regime established under the new
regulation of the Law 15/2009, on Contracts for the Carriage of Goods dated
11.11.2009, through a deeply examination of the rules it contains regarding the
usual aspects on the carrier’s liability. The contents of the new law is compared
with those actually in force: Convention on International Carriage of Goods by
Road (CMR) and CIM Uniform Rules 1999. To this end, the article contains an
approach to the new regulation of same legal issues, as the basis of liability of
the carrier, the period of responsibility and the exclusions of liability.
Keywords: Carrier’s liability. Basis of liability. Period of responsibility. Exclu-
sions of liability.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD.—III. PERIODO DE RESPON-
SABILIDAD.—IV. FUNDAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD.—V. SUPUESTOS DE EXONERACIÓN
DE RESPONSABILIDAD.—1. Clasif‌icación.—2. Causas de exoneración.—2.1. Culpa del cargador o del
destinatario.—2.2. Instrucción del cargador o destinatario.—2.3. Vicio propio de las mercancías.—2.4. Cir-
cunstancias inevitables.—3. Presunciones de exoneración.—3.1. Empleo de vehículo abierto.—3.2. Ausencia
o def‌iciencia en el embalaje.—3.3. Manipulación, carga, estiba, desestiba o descarga.—3.4. Naturaleza de las
mercancías.—3.5. Def‌iciente identif‌icación o señalización de los bultos.—3.6. Transporte de animales vivos.
Revista฀de฀Derecho฀del฀Transporte
Nº 6 (2010): 255-273
ARANTZA MARTÍNEZ BALMASEDA
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I. INTRODUCCIÓN
La responsabilidad del porteador terrestre por los daños que puedan sufrir las
mercancías constituye, sin duda, una de las cuestiones centrales en el Derecho del
Contrato de Transporte. El capítulo V de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre,
del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, donde se regula el régimen
jurídico de la responsabilidad del porteador, comienza con una declaración general
de responsabilidad por la pérdida, total o parcial, por las averías y por el retraso
en la entrega de las mercancías sin que ello precise la prueba de la culpa o negli-
gencia del porteador. De esta manera, se establece un sistema de responsabilidad
en la que el legitimado deberá demostrar únicamente que el supuesto de hecho
que genera responsabilidad (pérdida, avería o retraso) ocurrió dentro del periodo
de responsabilidad sin tener que probar elementos de carácter subjetivo como el
dolo o la culpa del porteador. No obstante, esta responsabilidad severa a la que se
ve sometido el porteador se suaviza, de una parte, con el establecimiento de su-
puestos de exoneración de responsabilidad a los que el porteador podrá acogerse
(causas y presunciones de exoneración previstas, respectivamente, en los arts. 48 y
49 LCTTM) y, por otra parte, con los límites indemnizatorios que suponen, con ca-
rácter general, importantes limitaciones del quantum de la deuda indemnizatoria.
Partiendo de estas consideraciones, en las próximas líneas pretendemos llevar
a cabo un estudio detallado del régimen de responsabilidad del porteador dejan-
do, para un capítulo posterior, el tratamiento de los límites indemnizatorios 1. A
tal efecto se prestará atención, en primer lugar, al fundamento de la responsabili-
dad del porteador así como al periodo y a los supuestos de hecho susceptibles de
generar responsabilidad para pasar, en segundo lugar, al estudio detenido de los
supuestos de exoneración de responsabilidad haciendo hincapié en la distinción
entre causas y presunciones de exoneraciones.
Y todo ello teniendo en cuenta, con carácter previo, varias cuestiones. En
primer lugar, la inf‌luencia de los convenios internacionales en la materia, básica-
mente la del Convenio de Transporte Internacional de Mercancías por carretera
(CMR) y las Reglas Uniformes CIM/1999. La consideración que subyace a esta
decisión es, sin duda alguna, la de reconocer que no se aprecian razones de peso
para regular en términos distintos la responsabilidad del porteador en el ám-
bito internacional y en el ámbito nacional. Desde esta perspectiva, y teniendo
en cuenta que el régimen de responsabilidad del porteador terrestre reproduce
prácticamente la regulación presente en los textos internacionales aludidos resul-
tará de gran utilidad conocer las contribuciones que, tanto la doctrina como la
jurisprudencia, han realizado con ocasión de la interpretación de estos convenios
para poder abordar la regulación en el ámbito nacional.
En segundo lugar, a diferencia del marco legal dispositivo que diseña la Ley
con carácter general, se establece el carácter imperativo de las disposiciones que
1 Sobre la cuantía y límite de la indemnización del porteador vid., en esta misma obra, ES C U I N , «La
indemnización del porteador responsable: cuantía y límite de responsabilidad».

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