Régimen jurídico del endeudamiento de entidades privadas del sector público estatal
Páginas | 188-198 |
188
PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
18.17. Régimen juRídico del endeudamiento de entidades pRivadas del sectoR público
estatal.
Interpretación del artículo 111 de la LGP a determinar el régimen jurídico del endeudamiento
de entidades privadas del sector público estatal. Evolución del artículo 111 d e la LG P por s us
sucesivas redacciones. Análisis de la vigente redacción en la tramitación parlamentaria
de su actual redacción. La regla del artículo 111.2 de la LGP no es de aplicación a dichas
entidades por lo que para concertar operaciones de endeudamiento, las sociedades
La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado ha
de 26 de noviembre, General Presupuestaria. En relación con dicha consulta y a la vista
de los antecedentes remitidos, este Centro Directivo emite el siguiente informe:
ANTECEDENTES
1.º) La Dirección de la Asesoría Jurídica y Gestión Patrimonial de Aena, S. A.
solicitó informe a la Abogada del Estado coordinadora del convenio de asistencia
jurídica concertado por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico
del Estado con dicha sociedad estatal «sobre la interpretación del artículo 111 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y, en particular, sobre los
requisitos necesarios para autorizar operaciones de endeudamiento futuro por parte
de Aena, S. A. y la necesidad o no de estar contemplada la autorización en la Ley
General de Presupuestos o si, por el contrario, es suciente la autorización de la Junta
General de la Sociedad». Se solicitó igualmente informe sobre «si son de aplicación la
Orden de 26 de diciembre de 1967, sobre contratación nanciera en el exterior del
sector público o privado que requiera aval del Estado, y la Orden de 2 de marzo de
1988, por la que se delegan determinadas competencias en el Director General del
Tesoro y Política Financiera».
2.º) La Abogada del Estado, coordinadora del convenio de asistencia jurídica
concertado con la referida sociedad mercantil emitió, el 29 de septiembre de 2016, un
1 Informe emitido el 9 de marzo de 2017 por D. Luciano Mas Villarroel, Subdirector General de los
Servicios Consultivos.
Inicio
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba