Régimen económico fiscal y financiero de las entidades religiosas

AutorR. Mª Ramírez Navalón
Cargo del AutorProfesora Titular de Derecho Eclesiástico del Estado. Universitat de València (Estudi General)
Páginas384-385

Page 384

8.1. La exención del impuesto sobre bienes inmuebles

La exención del impuesto sobre bienes inmuebles31ha sido objeto de polé-mica que ha debido ser resuelta por la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) de 5 de diciembre de 201332. El pleno del Tribunal ha estimado el recur-so de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la Ley Foral 10/2013, de 12 de marzo y, en consecuencia, ha declarado inconstitucional el apartado d) del art. 136, que hubiera obligado a la Iglesia Católica y a las Confesiones religiosas Evangélicas, Israelita e Islámica a pagar la contribución territorial (impuesto equivalente al IBI) por todos los inmuebles de su propiedad, con la única excepción de los destinados al culto. La sentencia ha sido aprobada por unanimidad.

La norma recurrida (Ley Foral 10/2013, de 12 de marzo) modificó la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, por la que se regulan las Haciendas Locales de Navarra. Según lo establecido en esta norma antes de su reforma, disfrutaban de exención en el pago de la contribución territorial los inmuebles (propiedad de la Iglesia Católica y de las Asociaciones Confesionales no católicas con las que el Estado hubiese establecido acuerdos...

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