Reggi, Roberto: Ricerche intorno al beneficium inventara

AutorMariano Alonso Pérez
Páginas1720-1721

Reggi, Roberto: Ricerche intorno al beneficium inventara, Giuffré, Milano, 1967, 170 págs.

Page 1720

El autor nos ofrece un estudio valioso del beneñcio de inventarlo en el Derecho romano. Pero su utilidad es escasa para el civilista, cada día más obligado a poner su disciplina en consonancia con las nuevas formas de vida social. Es hora de romper ese «fatal compromiso entre ciencia romanista y ciencia civilista» de que habla Calasso (Storicitá del Diritto, Milano, 1966, pág. 166), tan contraproducente para nuestra disciplina. Y es que resulta imposible una conciliación entre dos conocimientos, advierte el gran historiador italiano, madurados en contemplación de mundos profundamente diversos. Las enseñanzas jurídicas de Roma son útiles como historia de una rica experiencia y el civilista puede servirse de ella en calidad de presupuesto metodológico. Incluso como ejemplo que nos muestre la forma de salir airosos de esa «crisis» del Derecho civil, tan proclamada a los cuatro vientos. El Derecho romano sufrió hondas depresiones aue amenazaron con hundir definitivamente el viejo ius civile. Piénsese, por ejemplo, en la que tiene lugar una vez que el triunfo sobre Cartago hace de Roma la gran potencia del Mediterráneo. Las viejas instituciones quintarlas no sirven para regular una sociedad que ha cambiado sustancialmente sus estructuras culturales y económicas. Lejos de los prejuicios de tradición y respeto a los mora maiorum, el praetor peregrinus da vida a modernas fórmulas jurídicas. Mientras tanto, la pretura urbana va adaptando lentamente los arcaicos preceptos decenvirales a las nuevas exigencias de la organización republicana. Precisamente un romanista de gran relieve, Orestano Untroduzione alio studio storico del Diritto romano, 2.a ed., Torino, 1961), nos enseña a valorar el Derecho romano como realización de una experiencia histórica y a liberarnos de su consideración como ciencia dogmática, según la dirección prevalente desde las concepciones pandectistas. Entonces puede ofrecer interés destacar los rasgos de una institución como la herencia beneficiada, magistralmente elaborada por Justlniano. El autor en este sentido, con gran penetración histórico-critica, somete a revisión en el capítulo primero los presuntos antecedentes clásicos del beneficio de inventario. Como es bien sabido, en el Derecho romano-clásico el heredero sucede al difunto in universum ius. La confusión de patrimonios es inevitable consecuencia de la successio...

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