Las reformas procesales en México

AutorCarina Gómez Fröde
Páginas347-365
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XIII. LAS REFORMAS PROCESALES
EN MÉXICO
Carina GÓMEZ FRÖDE*
1. EVOLUCIÓN DE LA LEGISLACIÓN PROCESAL EN MÉXICO
En los últimos años se han promulgado numerosas reformas a la Consti-
tución Política y se han expedido leyes y reformas procesales. Entre las prin-
cipales reformas constitucionales destaca la de 2008, que estableció las bases
para el proceso penal acusatorio; la de 2010 que modificó el art. 17 para in-
troducir las acciones colectivas; las dos de 2011: la primera que reformó los
arts. 94, 103, 104 y 107 con la finalidad de renovar los fundamentos del juicio
de amparo, y la segunda que sustituyó el objeto fundamental del capítulo I
del título primero de la Constitución, el cual se refería a las garantías indi-
viduales, por los derechos humanos reconocidos en la propia Constitución
y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte,
así como las garantías para su protección; las dos de 2013: la primera de las
cuales adicionó el inciso k) de la fracción I del art. 105, a fin de legitimar
a los órganos constitucionales autónomos para actuar como partes en los
procesos sobre controversias constitucionales, y la segunda que modificó el
art. 73, fracción XXI, para facultar al Congreso de la Unión a expedir la legis-
lación única en materia procesal penal; la de 2014, que reformó el art. 102,
apartado A, para prever la transformación de la Procuraduría Federal de la
República en la Fiscalía General de la República y señalar las bases para la
reorganización del Ministerio Público Federal, y la de 2015, que estableció
las reglas para transformar el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminis-
trativa en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, al que se dotó de
plena autonomía 1.
* Catedrática de Derecho Procesal en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Au-
tónoma de México, freude.carina@gmail.com.
1 J. OVALLE FAVELA, Teoría General del proceso, nota a la 7.ª ed., México, 2016, p. xiii.
CARINA GÓMEZ FRÖDE SENDAS DE LA REFORMA DE LA JUSTICIA...
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2. LAS REFORMAS DEL SISTEMA DE JUSTICIA COMO POLÍTICA
DE ESTADO
El 27 de noviembre de 2014, el presidente de la República solicitó al Cen-
tro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) la organización de fo-
ros de consulta para elaborar un conjunto de propuestas y recomendaciones
para garantizar un mayor y mejor acceso a la justicia. Estos diálogos por la
justicia cotidiana convocados en noviembre de 2015 por el Gobierno de la
República, en conjunto con el CIDE y el Instituto de Investigaciones Jurídi-
cas de la UNAM, recogieron y desarrollaron algunas de las principales reco-
mendaciones de esos foros. En los diálogos participaron más de doscientas
personas de veintiséis instituciones de todos los sectores: investigadores y
representantes de la sociedad civil, académicos, abogados, representantes
de organismos autónomos y diversas autoridades de los poderes ejecutivo,
legislativo y judicial, quienes se reunieron durante cuatro meses para diag-
nosticar y generar soluciones para resolver los principales problemas del ac-
ceso a la justicia. Por su extensión, pluralidad, alcance y ambición, este es un
proceso de diálogo y discusión sin precedentes 2.
Con base en los trabajos realizados en los diálogos por la justicia cotidia-
na, algunos de los problemas específicos identificados en materia de impar-
tición de justicia civil son los siguientes:
a) Legislaciones diversas sobre las mismas instituciones.
b) Dificultades para realizar emplazamientos y demás notificaciones
personales.
c) Inejecución de sentencias por ocultamiento o abuso de recursos para
dilatar la ejecución.
d) Lagunas en la legislación y multiplicidad de interpretaciones.
e) Multiplicidad de criterios jurisprudenciales.
f) Inadecuada difusión de las disposiciones jurídicas, falta de una cultu-
ra para buscar apoyo en la resolución de conflictos, ausencia de mecanismos
de orientación, y de métodos de justicia alternativa.
g) Los juicios consumen demasiado tiempo.
h) Preceptos discriminatorios.
i) Falta de enfoque multidisciplinario en asuntos familiares.
j) Mal ejercicio de la práctica del Derecho.
k) Disparidad de salarios.
l) Resistencia al enfoque de derechos humanos y género.
m) Falta de lenguaje ciudadano e incluyente.
En cuanto a la organización y funcionamiento de los poderes judiciales
se detectaron problemas como los siguientes:
a) Asimetrías en las cargas de trabajo y complejidad de los asuntos en
los poderes judiciales locales y federal.
b) Desconfianza en la independencia de los poderes judiciales.
2 http//www.gob.mx/justiciacotidiana.

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