La reforma de la legislación del aborto en España

AutorJosé Luis Requero Ibáñez
CargoAudiencia Nacional, c/Prim 12, Madrid 2004 jl.requero@justicia.es
Páginas488-501

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1. ¿Hay espacio para la razón?

A estas alturas pocos debería haber que negasen condición humana al no nacido, de lo que se deduce que en un aborto provocado hay un ser humano en gestación que se destruye. Para quienes se dedican al mundo de la ciencia en general, y de la ciencia médica en particular, no creo necesario abundar en estas razones y me remito a hechos objetivos, captables desde la pura observación y contrastables científicamente. En estas estábamos cuando en la pasada primavera una ministra aseguró que el no nacido era un «ser vivo, pero no podemos hablar de ser humano». Reconozcamos, al menos, su condescendencia hacia la filosofía aristotélico tomista -ignoro si esa ministra sabe que me refiero- pero al menos tuvo al no nacido como un «ser» -es decir, el no nacido «es»- y además vivo.

Dejo aquí un episodio que tampoco puede sorprendernos pues, al fin y al cabo, ya desde ciertos ámbitos del mundo científico se ha negado categoría humana al no nacido a base de mudarlo a golpe de categorías ideológicas. Me refiero al «preembrión». Además si bien desde la ciencia, a pesar de todo, es muy difícil negar la realidad de ciertos hechos, parece ser que en otros ámbitos sí es posible.

Me estoy refiriendo al mundo de la política y, si se desea, también del Derecho, disciplina ésta a la que algunos se empeñan en privarla de todo carácter científico -es una vieja historia y no quiero aburrir al lector- para llevarla junto a la política al terreno de la retórica y de la conveniencia. Se explica así que en torno al aborto el lugar de la razón lo ocupen eslóganes político-ideológicos, ideas fabricadas en talleres propagandísticos y, en definitiva, se emplee la retórica y doy a este noble arte su más baja acepción. Como se ve, una realidad para la ciencia puede negarse por el político y si éste lo niega el Derecho, entendido ya como instrumento de acción política y no como límite, va por el mismo camino.

Es mi propósito en con estas palabras hacer unas breves consideraciones sobre la iniciativa legal que lleva todas las trazas de convertirse en ley, una ley que me atrevo a decir será la ley de las ocho mentiras y toda mentira, por definición, repugna a la razón.

La primera mentira es que se basa en una falsedad científica: ahí están las declaraciones ministeriales antes citadas, no censuradas desde el propio gobierno, luego parece que confirman que se admite tal falsedad científica.

Otra mentira es que la sociedad reclame esa ley. Será una exigencia del feminismo radical, de género, y una exigencia crematística de las clínicas abortistas, pero no de la sociedad. Page 489

También es mentira que sea una reforma exigida por razones de seguridad jurídica. Hay seguridad jurídica si se respeta a la ley porque quien actúa conforme a ella sabe muy bien que está seguro; por el contrario, quien vive en la trampa sabe que no lo está. La legislación sobre el aborto de 1985, pese a todo lo censurable que es, no puede decirse que no fuese clara: cosa distinta es que se incumpliese. Si la seguridad jurídica es la certeza de las consecuencias jurídicas de nuestros actos, nadie que actúe ilegalmente puede llevarse a engaño. Lo que no es admisible es que, tras años de tolerar su infracción dando lugar a un sucedáneo de aborto libre, quienes han propiciado este gran fraude invoquen la situación así creada como pretexto para cambiar la ley.

Otra mentira es que haya venido precedida de un debate social. En su lugar ha habido eslóganes, manipulación de la opinión pública. Se quieren presentar como debate social las comparecencias de la Subcomisión para realizar un estudio y elaborar unas conclusiones sobre la aplicación de la legislación en materia de interrupción voluntaria del embarazo constituida en el Congreso de los Diputados a finales del 2008. No debe perderse de vista que sus trabajos se realizaron a puerta cerrada y sin publicidad porque sus promotores eran conscientes de que el balance de sus trabajos les perjudicaba: el debate social lo tenían perdido.

La quinta mentira es que se trata de una reforma exigida para proteger a la mujer. Una cosa es protegerla ante el drama del aborto y otra explotarla como clientela cautiva o que el feminismo radical, violento o de género, basado en otra gran mentira antropológica, exija su inmolación a sus dogmas ideológicos.

Las sexta mentira es que abortar sea un derecho: tal derecho no sólo es inexistente, es de nuevo una categoría ideológica, un ensalmo de pura propaganda. Es en todo caso una gran una aberración jurídica porque no de otra forma puede entenderse que una misma conducta pueda ser a la vez delito y derecho, que por el transcurso de un día el mismo acto pase de delito a derecho ni cabe sostener, en todo caso, que sea un derecho de la madre acabar con la vida del hijo que espera.

La séptima mentira es que estemos ante una ley exigida desde la apelación a esa manida «homologación a los países de nuestro entorno» o que venga exigida por los tratados y convenios suscritos por España, cuando la realidad es que ningún tratado lo exige tal y como se verá.

Y la octava mentira es que estemos ante una ley constitucional. No lo es, tal y como se verá, salvo que la Constitución haya pasado a ser material reciclable al gusto del poder y no como límite a su ejercicio.

Sobre estas mentiras se basa esta t reforma legal, pero para entenderla en sus justos términos hay que mirar atrás, de dónde venimos y así se entenderá a dónde vamos.

2. De dónde venimos

Si toman un periódico seguramente encontrarán anuncios como éste: «ISA- Page 490 DORA. Hospital concertado y especializado en: ABORTOS hasta 22 semanas con o sin ingreso. Píldora RU ldora RU». Cómo hemos llegado hasta aquí es algo que puede resumirse en pocas palabras. El movimiento despenalizador es fruto de la ideología de género y de la llamada «revolución sexual» cuyas exigencias pagan los más débiles: el no nacido y la mujer. Para ese movimiento, el aborto es una opción más, porque tan moralmente respetable es abortar como no abortar.

Para la ideología de género la quintaesencia de la liberación de la mujer consiste en que pueda acabar con la vida del hijo que espera sin depender de nadie, sólo de su autonomía, de su libre determinación. La revolución sexual se ha traducido en una sexualidad sin límite moral y en este contexto no se habla de moral sexual, sino de salud sexual porque es tema fisiológico que exige remover todo obstáculo o consecuencia indeseada. Un embarazo, luego un hijo, es una consecuencia, un fallo, un error que hay que enmendar y el aborto es el peaje que nuestra sociedad está dispuesta a pagar por esa forma de entender sexualidad.

En 1985 se introdujo el sistema de indicaciones. Despenalizar el aborto en los tres casos previstos en la ley no significa ser proabortista -afirmaban y afirman sus defensores-, sino negarse a que en esos casos excepcionales, de colisión entre los intereses de la madre y los del no nacido, se aumentase el dolor de la embarazada con la persecución penal: bastante drama significa abortar -se dice- como para añadir a ese dolor el de su criminalización.

El Tribunal Constitucional al declarar la constitucionalidad de la vigente ley, sostuvo que es admisible que el Estado renuncie a proteger al no nacido en esos casos siempre que su vida esté protegida por otros medios eficaces. O por decirlo de otra forma: no se trataba de renunciar a la protección de la vida del no nacido, pues el Estado tiene el deber de hacerlo, sino de protegerlo al margen de la tutela penal. Se trataba de optar por otro sistema de protección, pero tan eficaz como el penal. Visto así hasta se puede ser antiabortista y, a la vez, estar en contra de la penalización del aborto. Por eso me pregunto si hay realmente antiabortistas porque a base de leer pareceres favorables a la inminente reforma del aborto llego a la conclusión de que o hay un maleficio o mucha hipocresía. Me explico. Los defensores de la reforma dicen que el aborto es un drama, que nadie lo quiere, que es un fracaso. Sin embargo quienes deberían empeñarse en contra de ese drama -si son sinceros- no sólo no hacen nada sino que descalifican a los que sí quieren evitarlo. Pero vamos por partes porque el tema no es de hoy.

El primer ministro de Justicia de Felipe González, Fernando Ledesma, responsable de la actual ley de aborto, defendió ante el Congreso de los Diputados esa despenalización parcial alegando que «la huida al Derecho penal es uno de los síntomas más alarmantes de una sociedad enferma que es incapaz de solucionar sus problemas porque no sabe o no quiere romper con un pasado oscuro e irracional». Desprendido de adjetivos un tanto extremos, tal criterio se puede compartir pues en teoría estar Page 491 a favor de despenalizar el aborto debería significar sólo que no se confía en que la respuesta penal sea la adecuada ante quien aborta en circunstancias límite. Estaríamos ante una valoración de política criminal, o lo que es lo mismo, una ponderación de qué conductas que lesionan ciertos bienes jurídicos deben llevarse al Código Penal.

El asunto no es fácil porque dentro de los poderes represivos del Estado, el instrumento penal es el más contundente y sólo el Estado, desde su soberanía, puede decir qué es delito y qué no. Todo depende de cómo considere que debe protegerse un determinado bien jurídico (la vida, la propiedad, la seguridad en el tráfico mercantil, la salud de las personas, etc.). Visto así todo sería cuestión de debatir cuál es el medio más idóneo para que el Estado proteja la vida del no nacido porque, repito, el Tribunal Constitucional dijo que el Estado debe proteger esa vida y hacerlo de manera eficaz, lo que no...

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