La reforma laboral y sus efectos en el empleo público laboral del sector público

AutorRaquel Vida Fernandez
CargoProfesora Colaboradora. Doctora. Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Universidad de Granada
Volumen 27, Junio de 2022
131
LA REFORMA LABORAL Y SUS EFECTOS
EN EL EMPLEO PÚBLICO
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Profesora Colaboradora. Doctora. Departamento de Derecho del Trabajo
y Seguridad Social. Universidad de Granada.
E-mail: rvidaf@ugr.es
RESUMEN: La reforma laboral aprobada por Real Decreto-ley 32/2021,
     
la contratación de empleo público laboral, con especial incidencia en materia
de contratos temporales. A su vez, también introdujo novedades en la materia
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
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el dar respuesta a las exigencias trasladadas a nuestro país por el Tribunal de
Justicia de la Unión Europea, para el debido cumplimiento de la Directiva
1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada. La suma de esta norma
y la reforma laboral, debería ser el principio de una nueva forma de gestión y
ordenación del empleo público laboral en nuestras Administraciones Públicas.
En el presente artículo se aporta una visión global de la nueva regulación, y la
valoración crítica de su contenido.
Palabras clave: Reforma laboral, sector público, relación laboral, empleo
público.
ABSTRACT: The labor reform approved by the Spanish Royal Decree-
         
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on temporary contracts. At the same time, Law 202021, of December 28
on urgent measures to reducing temporary employment in public sector,
addresses the requirements made by the European Union Court of Justice to
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term contracts. The combination of this decree and the labor reform should
represent the beginning of a new management and organisational model
for public employment in the Spanish Public Administration. This article
provides an overview of the new regulation, along with critical assessment
of its content.
Keywords: Labor reform, public sector, labor relation, public sector
employment.
Volumen 27, Junio de 2022
132

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2.2. La regulación anterior a la reforma laboral de 2021, en materia de contratos temporales de empleo público. 2.3.
Matices para la aplicación de las reglas sobre encadenamiento de contratos temporales de la DA 15ª.3 ET, en las
Administraciones Públicas. 2.4. Particularidades y problemática de los contratos de interinidad por vacante en la
Administración.   
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limitación de la contratación laboral de empleo público: la Disposición Adicional 4ª del Real Decreto Ley 32/2021.
3.2. El contrato de sustitución por proceso de selección en el Sector Público. 3.3. Contratos temporales en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y Fondos de la Unión Europea. Disposición Adicional 5ª del
RD Ley 32/2021. 3.4. Sobre los contratos vinculados a programas de activación para el empleo. Disposición Final
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RD Ley 32/2021. 3.7. Breve referencia a la derogación de los despidos por causas económicas en el Sector Público. IV.
ón. V. 
I. INTRODUCCIÓN
El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma
laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de
trabajo (BOE de 30/12/2021), es fruto del diálogo social y, precisamente por eso, no es
  
reforma bolivariana que inicialmente temía la patronal, ni es la derogación de la reforma
laboral de 2012 que tanto ansiaban los sindicatos.
Como cualquier acuerdo que se precie, su contenido no es del todo positivo para
  -
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ración, potencialmente, es un paso adelante en una nueva articulación de las relaciones
laborales de nuestro país, que dependerá en términos de éxito de la forma en que ésta se
aplique y del desarrollo que se le de en los próximos tiempos.
En relación al empleo público laboral de las Administraciones Públicas, la reforma
no es profusa pero sí conlleva cambios de concepto, que contrastan con las anteriores re-
formas de los años 2010 y 2012. En gran medida, su objetivo es desandar algunos pasos
que se habían dado con las reformas antecesoras que, como es sabido se aprobaron en
tiempos de crisis económica, y que afectaron a importantes aspectos referentes a contra-
tación y despidos colectivos en el ámbito del empleo público.

interactuación, la aprobación de recientes reformas vinculadas a los graves problemas
existentes en nuestro país, en torno al abuso de temporalidad en este ámbito. De esta
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de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en aplicación de la Directiva 1999/70/CE, del

y el CEEP sobre el contrato de duración determinada, que se encuentran en el origen di-
recto de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.

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