Reforma Estatutaria y Reforma Constitucional

AutorMaría Luisa Balaguer Callejón
Cargo del AutorCatedrática de Derecho Constitucional. Universidad de Málaga
Páginas251-256

Page 251

I Introducción

La posibilidad de una reforma constitucional se viene tratando por la doctrina desde el X aniversario de la Constitución. En algunos casos, desde prácticamente cumplidos los primeros años de la aprobación de la CE se han venido organizando congresos y jornadas científicas, que han intentado revisar desde la dogmática jurídica, tanto las insuficiencias meramente textuales, como las de fondo, con propuestas alternativas a las vigentes. Pero, sin duda, es el transcurso del tiempo, y en este sentido el cumplimiento del XXV aniversario, el factor fundamental que ha influido en este momento de pensamiento generalizado acerca de la necesidad de una revisión constitucional y estatutaria. El transcurso de estos años ha evidenciado en primer lugar la disfuncionalidad de algunas instituciones, visible desde prácticamente su inicio, como la falta de adecuación del Senado a su función actual en un Estado Autonómico. En segundo lugar, la influencia de las transformaciones sociales y políticas de otras instituciones: el desarrollo del Estado Social adquiere una impronta acerca de los derechos de las minorías que los sitúa en el primer plano de la agenda política, (regulación de matrimonios sin adscripción de sexo, desigualdad compensatoria por razón de género, garantías procesales). Las transformaciones y la progresividad del derecho europeo, influyen en las instituciones y el sistema de fuentes del Estado. Todo ello en fín, propende a la necesidad de resituar el derecho en relación con el nuevo escenario del siglo XXI.

Una vez establecida dogmáticamente la exigencia de la reforma constitucional, es importante su asunción en el plano político. Si solamente un partido estatal ha asumido esa exigencia, lo cierto es que una vez estimada esa necesidad, el resto de las formaciones políticas se dejan llevar por la inercia de esa posición en un intento razonable de no perder fuerza política en esa iniciativa. Por lo que se refiere a los EEAA la dinamicidad propia del sistema económico, presenta la reforma estatutaria como recurrente en el plano político en la medida en que esta reforma se asocia ineludiblemente a un mayor techo competencial, y mantiene por lo tanto un matiz propiamente reivindicativo.

Así planteada la situación, los próximos tres años se conciben sin duda de importantes debates en torno al alcance de las reformas, y de las propuestas combinatorias posibles en relación a las posibilidades de las reformas de

Page 252

los Estatutos en función de las reformas de la Constitución. Destacadamente podemos decir que si hay reforma constitucional, ésta podría determinar en buena medida las reformas estatutarias, pero como el calendario es paralelo, este proceso va a estar permanentemente interferido en lo que se refiere a la modelización del diseño constitucional como condicionante del contenido estatutario. Por otra parte, el alcance de la reforma constitucional precondiciona jurídicamente la reforma estatutaria, pero desde el punto de vista político está ocurriendo justamente todo lo contrario: es el empuje de ciertas CCAA lo que está introduciendo el debate acerca de una reforma constitucional de mayor alcance que la que el Gobierno ha adelantado en su programa político. La reducción a estas cuatro cuestiones, sucesión a la Corona, enumeración de las CCAA introducción cuasinominal de la Unión Europea y reforma del Senado, deja intangible un modelo constitucional que ha manifestado algunas disfunciones institucionales, y elimina la posibilidad de una importante revisión técnica, a veces sin mayores consecuencias, como puede ser puramente la revisión lingüística. Por contener el tema del lenguaje una exigencia de género que supongo poco tratada en este Congreso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR