La reforma del Código Penal de 2015 conforme a las Leyes Orgánicas 1 y 2/2015, de 30 de marzo

AutorBorja Simón de las Heras
CargoGraduado en Derecho Económico. Prácticas en IURE LICET
Páginas241-242
R.E.D.S. número 6, enero-junio 2015. pp. 241-242
ISSN: 2340-4647 241
LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL DE 2015
CONFORME A LAS LEYES ORGÁNICAS 1 Y 2/2015,
DE 30 DE MARZO
BORJA SIMÓN DE LAS HERAS
Graduado en Derecho Económico
Prácticas en IURE LICET
Reseña del libro:
LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL DE 2015
Conforme a las Leyes Orgánicas 1 y 2/2015, de 30 de marzo
La Ley. Madrid. (2015)
(MANZANARES SAMANIEGO, José Luis)
Los procelosos vientos que se avecinan con la promulgación del nuevo Código Penal re-
querían ser atemperados por alguien que goce de esa ‘altura de miras’, que en tantísimas
ocasiones se pierde en el horizonte, y que resulta esencial para la aprehensión de una re-
forma que nace del clamor, el oportunismo, la indefinición y como no de la impaciencia tan
propia del compulsivo reformismo que caracteriza a nuestro legislador.
Sin duda, ese ‘alguien’ no podía ser otro que José Luis Manzanares Samaniego cuyo
iter curricular resulta tan excelso como plausible, acumulando durante el transcurso de su
intensa vida profesional la condición de magistrado del Tribunal Supremo o de Letrado del
Ministerio de Justicia. Un bagaje que imprime de un conocimiento intangible al autor que
se trasluce de la lectura de las líneas de su obra.
Lejos de decantarse por el acomodo expositivo del apego a lo aséptico, el autor destripa
cada sintagma de la literatura del Código Penal y discurre acerca de la bondad o mala fortu-
na de la reforma. De tal modo, no abandona ninguna de las cuestiones que mayor estupor ha
generado no sólo en el nivel más profano de la sociedad civil sino en aquellos avezados que
observan ciertos aspectos de la reforma, más como gestos de absoluto ‘delirio normativo’ que
como ejercicio serio y honesto del poder legislativo.
La obra se estructura en una intensa introducción que aglutina una contextualización
de la reforma del Código Penal, y que divide en tres subapartados: la seguridad jurídica, la
prisión perpetua revisable y la supresión de las faltas penales.
El autor tiñe sus líneas introductorias de un tono eminentemente crítico y atisba la
seguridad jurídica, con ocasión del nuevo rumbo del Código Penal, más como una ilusión
que como una realidad del sistema. Ello lo inunda de frases que claman por la esperanza
de lo que debe implicar la palabra ‘democracia’ que no es un mero slogan publicitario sino
la expresión de un sinfín de connotaciones que evocan a los pretéritos esfuerzos de quienes
apostaron por el cambio y que no pueden ahora condenarse al olvido.
Fecha de recepción: 10 de junio de 2015
Fecha de aceptación: 15 de junio de 2015

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